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Casas prefabricadas

La división de Impuestos a la Propiedad es responsable de asesorar y asistir a los funcionarios de impuestos del condado sobre las políticas departamentales, los procedimientos y las leyes del estado de Alabama en relación con la evaluación y el registro de las casas prefabricadas. También proporcionamos asistencia a los contribuyentes y al público en general con respecto a las políticas, procedimientos y leyes en lo que respecta a las casas prefabricadas.

Todas las casas prefabricadas ubicadas en terrenos propiedad del propietario de la casa prefabricada, donde las casas prefabricadas no son alquiladas o arrendadas con fines comerciales, estarán sujetas a la evaluación a efectos del impuesto ad valorem y la casa prefabricada se considerará como mejoras del terreno.

Laley sobre casas prefabricadas se encuentra en la sección 40-12-255 del Código de Alabama de 1975.
Para conocer normas y requisitos más detallados, consulte las normas administrativas.

Registro

Toda persona, empresa o corporación que posea, mantenga o conserve en este estado una casa prefabricada, que esté ubicada en un terreno de propiedad de alguien que no sea el propietario de la casa prefabricada, o casas prefabricadas ubicadas en un terreno de propiedad del propietario de la casa prefabricada, y dichas casas prefabricadas sean alquiladas o arrendadas con fines comerciales, estará sujeta a registro.

El registro de las casas prefabricadas debe realizarse antes del 1 de octubre, y los morosos después del 30 de noviembre. Los propietarios de casas prefabricadas tienen 30 días después de comprar una casa prefabricada o 30 días después de que entre en el estado para registrar su casa prefabricada.

Tasas de matriculación residencial

  • Un solo ancho: 24 dólares
  • Doble ancho: 48 dólares

Tasas de registro comercial

  • Un solo lado: 48$.
  • Doble ancho: 96 dólares

El propietario de la casa prefabricada deberá colocar inmediatamente la calcomanía de registro en la casa prefabricada. En todo momento a partir de entonces, la calcomanía deberá ser exhibida a la altura de los ojos en el acabado exterior de la casa prefabricada para la cual se emitió la calcomanía. La calcomanía deberá estar ubicada a un pie de la esquina derecha en el lado que da a la calle para que sea claramente visible desde la calle.

Exenciones

Todos los propietarios de casas prefabricadas mayores de 65 años estarán exentos del pago de la tasa de registro de su casa prefabricada ocupada por el propietario, pero estarán sujetos al pago de la tasa de emisión de 5 dólares.