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ALDOR recuerda a los contribuyentes de la renta que se acerca la fecha límite del 15 de julio

Publicado: 2 de julio de 2020

MONTGOMERY, 2 de julio de 2020 - El Departamento de Ingresos de Alabama (ALDOR) desea recordar a los contribuyentes que una fecha límite importante está a la vuelta de la esquina.

El 15 de julio es la fecha límite para cualquier contribuyente de Alabama cuyo plazo de pago y presentación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Impuesto sobre la Renta de las Sociedades, el Impuesto sobre el Consumo de las Instituciones Financieras (FIET) y el Impuesto sobre los Privilegios Comerciales (BPT) fue ampliado desde su fecha de vencimiento original por orden ejecutiva el 10 de abril. La prórroga se aplica a las declaraciones y pagos del impuesto sobre la renta de las personas físicas y de las empresas, del FIET y del BPT con fecha de vencimiento igual o posterior al 1 de abril pero anterior al 15 de julio, incluidos los pagos estimados con vencimiento el 15 de abril y el 15 de junio. El plazo ampliado también se aplicaba a la presentación y el pago del impuesto sobre la renta de Alabama por parte de una entidad canalizadora en nombre de un no residente, que se posponía del 15 de marzo al 15 de julio.

Estas prórrogas son un reflejo de las medidas adoptadas por el IRS en relación con los plazos de presentación del impuesto federal sobre la renta debido a la COVID-19. El IRS ha anunciado recientemente que no pospondrá más los plazos de presentación y pago.

En Alabama, el plazo ampliado correspondiente expirará el 15 de julio, momento en el que los pagos aplazados deberán realizarse en su totalidad. TENGA EN CUENTA - Los intereses comenzarán a acumularse para todos los pagos que no se realicen antes del 15 de julio. ALDOR trabajará con los contribuyentes caso por caso para determinar si se puede renunciar a las multas por retraso debido a las interrupciones de la actividad comercial o a las dificultades económicas causadas por la pandemia de COVID-19. No se puede renunciar a los intereses más allá de la fecha de vencimiento del 15 de julio. Incluso si una declaración no puede ser presentada antes del 15 de julio por razones legítimas, los impuestos adeudados deben ser pagados antes del 15 de julio.

A las personas físicas que no puedan presentar la declaración del impuesto sobre la renta de 2019 antes del 15 de julio se les concederá automáticamente una prórroga para presentarla hasta el 15 de octubre. Para las corporaciones, una corporación o un grupo afiliado de Alabama se concede una extensión automática para presentar su declaración de impuestos corporativos de Alabama en consonancia con la extensión permitida para la correspondiente declaración de impuestos federales del contribuyente. En el caso de las instituciones financieras, se concederá una prórroga para presentar la declaración hasta el 15 de octubre, siempre que el formulario ET-8 se presente antes del 15 de julio. Para una entidad que presenta o paga el impuesto fiduciario de Alabama, se concederá una prórroga para presentar hasta el 30 de septiembre. Todas estas fechas de prórroga son sólo para la presentación, y cualquier cantidad debida debe ser pagada antes del 15 de julio.

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