Sí. El artículo 40-12-260 del Código de Alabama de 1975 establece que el propietario del vehículo deberá conservar la etiqueta de registro del vehículo de motor y el recibo de impuestos dentro del vehículo para su posible presentación a las fuerzas del orden. La multa por no proporcionar evidencia de registro actual a un oficial de la ley es de un mínimo de $50.
Si alguien intercambia un vehículo, está obligado a conservar dentro del vehículo una copia de la solicitud de título, la factura de venta o una etiqueta temporal antes de transferir el registro.