Todos los concesionarios deben presentar al departamento una fianza continua por un importe de 50.000 dólares. La ley exige que todos los concesionarios se conviertan en agentes designados del departamento. La fianza del concesionario también satisface el requisito de fianza del agente designado. (Sección 40-12-398, Código de Alabama 1975)