Si no presenta un listado de sus bienes personales, la oficina del funcionario encargado de la evaluación en el condado donde se encuentra la propiedad hará una evaluación de la propiedad utilizando la mejor información disponible. Además de los impuestos adeudados, se evaluarán las sanciones aplicables. Este procedimiento está de acuerdo con la Sección 40-7-22, Código de Alabama 1975.