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Cuestiones actuales

  • Cuestiones actuales

Cuestiones generales

    • Actualización del factor de prorrateo: La Ley 2021-1 de Alabama modifica la Sección 40-27-1 para cambiar el factor de prorrateo a un único factor de ventas. Todos los ingresos comerciales se prorratearán a este estado multiplicando los ingresos por el factor de ventas. Las ventas de origen enviadas desde este estado en las que el comprador es el gobierno de los Estados Unidos o el contribuyente no está sujeto a impuestos en el estado del comprador ya no se incluyen en el factor de ventas. Este cambio es para el Impuesto de Sociedades y la Entidad de Paso.
    • Información sobre el registro de nuevos contribuyentes: Si usted es una nueva entidad sin una cuenta de contribuyente de ALDOR, se requiere completar una solicitud de registro de nuevo contribuyente/cuenta utilizando My Alabama Taxes. Para la información requerida para registrarse, visite Registro de Empresas y haga clic en la pestaña de Nuevas Entidades. Si usted es una entidad existente sin una cuenta de impuestos en My Alabama Taxes, haga clic en la pestaña de Entidades Existentes para obtener información.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Exclusión de ingresos en el extranjero: A partir de 2018, ahora reconocemos el formulario federal 2555 Foreign Earned Income Exclusion. Usted puede excluir hasta $104,000 de ingresos del impuesto de acuerdo con la sección 26 USC 911. Si tiene derecho a una exclusión de ingresos extranjeros, entonces adjunte una copia de su Formulario federal 2555 a su declaración e informe el monto de su exclusión como un crédito entre paréntesis (por ejemplo, (30,000)) en el Formulario 40 o 40NR, línea 8 Otros ingresos en la página 2 de su declaración. Todas las rentas extranjeras deben ser declaradas en su declaración para poder recibir cualquier exclusión de rentas extranjeras.

Costes de adaptación o mejora de la vivienda para resistir los daños causados por el viento o las inundaciones: Los residentes de Alabama pueden deducir de sus ingresos brutos el 50% del coste o los 3.000 $ que sean menores para adaptar o mejorar su casa para que resista los daños causados por el viento o las inundaciones. El contribuyente debe contar con una certificación según lo establecido en el capítulo 31D del título 27 del Código de Alabama de 1975 o en la Junta de Códigos Residenciales y Energéticos de Alabama.

Depósitos en una cuenta de ahorro para catástrofes: Los residentes en Alabama pueden deducir de los ingresos brutos los depósitos realizados en una cuenta de ahorro para catástrofes. La deducción es de 2.000 dólares si la franquicia del seguro es igual o inferior a 1.000 dólares. Si el deducible es superior a 1.000 $, el importe de la deducción es el menor de 15.000 $ o el doble del importe del deducible del seguro. Si el contribuyente está autoasegurado y opta por no obtener un seguro, entonces la deducción es la menor de 250.000 dólares o el valor de la residencia legal del contribuyente. Para más información, consulte las preguntas frecuentes sobre la cuenta de ahorro para catástrofes.

Aportaciones a una cuenta de ahorro para la salud (HSA): Los residentes en Alabama pueden deducir de la renta bruta los depósitos realizados a una cuenta de ahorro para la salud. Las aportaciones a la HSA se definen como las contribuciones realizadas por un contribuyente a su HSA hasta la cantidad máxima permitida de acuerdo con el 26 USC §223. Las aportaciones realizadas a una cuenta de ahorro para la salud con dinero antes de impuestos no son deducibles.

Depósitos en una cuenta de ahorro para el comprador de vivienda por primera y segunda vez en Alabama: Los residentes de Alabama que no hayan sido propietarios ni hayan comprado individualmente o conjuntamente una vivienda 10 años antes de la compra de la primera vivienda en Alabama pueden ahora tomar una deducción por las contribuciones hechas a una cuenta de ahorros para compradores de vivienda por primera y segunda vez. Las personas deben abrir una cuenta en una institución financiera designada como cuenta de ahorro para compradores de vivienda por primera y segunda vez a partir del 1 de enero de 2019. Sólo el titular o titulares de la cuenta tienen derecho a la deducción. Los individuos u organizaciones que contribuyan a una cuenta en nombre del contribuyente no tendrán derecho a ninguna deducción por la contribución. Los fondos deben utilizarse antes del 31 de diciembre del quinto año para adquirir una vivienda en Alabama o la totalidad del saldo de los fondos debe incluirse en los ingresos del titular de la cuenta. Los contribuyentes deben mantener y presentar anualmente con su declaración cualquier documentación justificativa proporcionada por la institución financiera para la cuenta. Los fondos retirados por razones distintas a la compra de una primera vivienda requerirán que el contribuyente incluya tanto el saldo total del fondo, incluyendo cualquier ganancia acumulada, en los ingresos del año de la retirada como una penalización equivalente al 10% de la cantidad retirada. Las ganancias de la cuenta no están sujetas a impuestos si se utilizan para la compra de una primera vivienda en Alabama. Es necesario cumplimentar el anexo HBC junto con la documentación específica.

Primas de seguro para bomberos certificados: A partir del año fiscal 2020, los bomberos certificados de Alabama podrán deducir el 100% de las primas de seguro pagadas por la cobertura de seguro contra el cáncer, tal como se define en la Ley 2019-361, siempre que las primas no hayan sido deducidas del ingreso bruto federal o sean deducibles en virtud de cualquier otra ley. Las primas de seguro pagadas con dólares antes de impuestos no serán deducibles.

Entidades de paso

Actualización del factor de prorrateo: La Ley 2021-1 de Alabama modifica la Sección 40-27-1 para cambiar el factor de prorrateo a un único factor de ventas. Todos los ingresos comerciales se prorratearán a este estado multiplicando los ingresos por el factor de ventas. Las ventas de origen enviadas desde este estado en las que el comprador es el gobierno de los Estados Unidos, o el contribuyente no está sujeto a impuestos en el estado del comprador ya no se incluyen en el factor de ventas.

Elección de la entidad canalizadora: La Ley 2021-1 de Alabama permite a las corporaciones S de Alabama y a las entidades del subcapítulo K (entidades canalizadoras o PTE) elegir pagar el impuesto sobre la renta de Alabama a nivel de la entidad. Las entidades que hacen esta elección (PTEs que eligen) deben notificar a ALDOR presentando el Formulario PTE-E a través de My Alabama Taxes en cualquier momento durante el año fiscal, pero a más tardar el día 15 del tercer mes siguiente al cierre de ese año fiscal para el cual la entidad elige ser gravada como una PTE que elige. Las entidades que realicen esta elección deberán presentar el Formulario EPT, además del Formulario 65 o el Formulario 20S, y presentar pagos de impuestos estimados.

Pagos estimados para las entidades canalizadoras elegidas: Las entidades canalizadoras elegidas que tengan una obligación de pago del impuesto sobre la renta de Alabama superior a 500 dólares deben pagar un impuesto estimado. Una entidad canalizadora elegida estará sujeta a las disposiciones del artículo 40-18-80.1 del Código de Alabama de 1975 (impuesto estimado para sociedades). Los plazos requeridos serán el 25% del pago anual requerido. El pago anual requerido generalmente significa el menor de a) el 100% del impuesto mostrado en la declaración para el año fiscal, o b) el 100% del impuesto mostrado en la declaración de la corporación para el año fiscal anterior.

Impuesto especial sobre las instituciones financieras

LaLey Número 2019-284 estableció la Ley de Reforma del Impuesto al Consumo de las Instituciones Financieras de 2019. La Ley establece un sistema de pago estimado; fórmula de distribución alternativa para pagar a los condados y municipios; ley actualizada para proporcionar aclaraciones y reflejar las políticas y procedimientos actuales. Para obtener más información, consulte las preguntas frecuentes sobre el impuesto al consumo de las instituciones financieras.

Pagos estimados para instituciones financieras: Las Instituciones Financieras que tienen una obligación de impuesto sobre la renta de Alabama superior a $500 deben pagar el impuesto estimado. Las Instituciones Financieras estarán sujetas a las disposiciones de la Sección 40-16-5.1 del Código de Alabama de 1975 (impuesto estimado para sociedades). Las cuotas requeridas serán el 25% del pago anual requerido. El pago anual requerido generalmente significa el menor de a) el 100% del impuesto mostrado en la declaración para el año fiscal, o b) el 100% del impuesto mostrado en la declaración de la corporación para el año fiscal anterior.