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AVISO: Sección 965 del IRC - Orientación para los declarantes corporativos, sociedades, corporaciones S y contribuyentes individuales

Categoría
División relacionada
Publicado: 27 de abril de 2018

AVISO
Sección 965 del IRC: Orientación para los contribuyentes corporativos, las asociaciones, las corporaciones S y los contribuyentes individuales
Orientación para los declarantes corporativos

Los ingresos por repatriación de la sección 965 del IRC, aunque son un componente de la renta imponible federal, se declaran por separado a efectos federales (no en el formulario federal 1120). Como resultado del tratamiento federal especial, se proporcionan instrucciones específicas sobre cómo informar de esta partida a efectos de Alabama.

A efectos federales, las partidas de ingresos/gastos relacionadas con la sección 965 del IRC se declaran en la declaración de impuestos de transición del IRC 965, y no directamente en el formulario federal 1120. Cualquier pago de impuestos federales atribuido a la Sección 965 del IRC se pide que se remita por separado de su remesa normal de impuestos sobre la renta. Sin embargo, esta partida de ingresos/gastos se sigue considerando un componente de la renta federal imponible.

A efectos de Alabama, estas partidas de ingresos/gastos deben declararse en el Anexo A del Formulario 20 C de Alabama para contribuyentes corporativos. Cualquier partida de ingresos de la Sección 965 del IRC debe declararse en el Anexo A, línea 9, del Formulario 20C, y debe proporcionarse una breve descripción de la fuente de ingresos en el espacio proporcionado en el formulario. Cualquier partida de gastos de la Sección 965 del IRC debe declararse en el Anexo A, línea 23 o 24, Formulario 20C, y debe proporcionarse una breve descripción del gasto en el espacio proporcionado en el formulario. Cualquier impuesto asociado con los ingresos de la Sección 965 del IRC se computará con cualquier otra obligación de impuesto sobre la renta debida. No se requiere un pago separado a efectos del impuesto sobre la renta de Alabama para las obligaciones derivadas de los ingresos procedentes de la Sección 965 del IRC.

Los ingresos de la sección 965 del IRC (netos de las deducciones correspondientes) pueden compensarse con una deducción por dividendos recibidos si el contribuyente corporativo que declara el dividendo atribuido posee más del 20% de la sociedad extranjera controlada de la que se recibe el dividendo atribuido. La deducción por dividendos recibidos debe reclamarse en el Anexo A, línea 18, y debe proporcionarse una declaración como anexo a la declaración que proporcione el nombre, la identificación del contribuyente y la participación en la propiedad de la sociedad extranjera controlada de la que se recibió el dividendo atribuido según la Sección 965 del IRC.

Alabama requerirá una copia de la Declaración de Impuestos de Transición IRC 965 para la documentación, por lo que una copia debe ser proporcionada como un archivo adjunto cuando el Formulario 20C de Alabama se presenta, o si este formulario no está disponible, una declaración debe ser proporcionada describiendo la naturaleza y el origen de los ingresos / gastos de la Sección 965 del IRC que se declaran.

Orientación para las asociaciones

El formulario 65 de Alabama se inspira en el formulario 1065 federal. Como resultado, los requisitos de información para los ingresos y gastos de la Sección 965 del IRC reflejan la información que se utiliza para fines federales.

A efectos federales, los ingresos de la Sección 965 del IRC se declaran en el Anexo K, línea 11, Otros ingresos. Cualquier deducción relacionada con la Sección 965 del IRC se reporta en el Anexo K, Línea 13d, Otras Deducciones. Es necesario proporcionar información adicional con el Anexo K-1.

Para los fines de Alabama, los ingresos de la Sección 965 del IRC deben declararse en el Anexo K, línea 11, Otros ingresos. Cualquier deducción relacionada con la Sección 965 del IRC debe ser reportada en la línea 15, Otras Deducciones.

Orientación para las sociedades anónimas

De conformidad con el artículo 40-18-161, la renta imponible de una sociedad S de Alabama se determinará de la misma manera que en el caso de una persona física. En consecuencia, el artículo 965 del IRC no se aplicará si una sociedad S de Alabama es accionista directa de una sociedad extranjera sujeta a las disposiciones del artículo 965 del IRC.

Orientación para los contribuyentes individuales

Los contribuyentes de la Renta Individual de Alabama no están sujetos a las disposiciones de la Sección 965 del IRC como accionistas directos de sociedades extranjeras. Sin embargo, se les exigirá que declaren cualquier ingreso de la Sección 965 del IRC que pueda fluir hacia ellos desde su participación en una sociedad subyacente que pueda haber poseído directamente una participación en una sociedad extranjera sujeta a las disposiciones de la Sección 965 del IRC. En consecuencia, puede haber diferencias entre la renta imponible declarada en el formulario federal 1040 y la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas de Alabama (formulario 40). Si el contribuyente recibe ingresos de la Sección 965 del IRC que deben declararse a efectos federales pero que no deben declararse a efectos de Alabama, el importe y la fuente deben declararse como ingresos declarados en la declaración federal no declarados en la declaración de Alabama (Parte IV, línea 5 del Formulario 40 de Alabama). De lo contrario, cualquier partida de ingresos de la sección 965 del IRC que les llegue de una participación en una sociedad colectiva debe declararse de forma similar a como se declara en su declaración federal (informe en el Formulario 40, página 2, parte I, línea 8, Otros ingresos, e incluya una descripción en la línea proporcionada).

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