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Ley 2019-2 Tasa de registro anual de híbridos enchufables y eléctricos de batería

Categoría
División relacionada
Publicado: 26 de diciembre de 2019

MEMORANDUM

A: Jueces de Primera Instancia, Comisionados de Licencias, Otros Funcionarios Emisores de Placas
ASUNTO: Ley 2019-2 Tasa de registro anual de híbridos enchufables y eléctricos de batería

Durante la sesión legislativa especial de 2019, la Ley 2019-2 estableció nuevos impuestos anuales de licencia y tasas de registro para los vehículos de motor eléctricos de batería e híbridos enchufables, además de los impuestos anuales de licencia y las tasas de registro impuestas por§ 40-12-242(a), Ala. Code 1975. A partir del período de presentación de informes que comienza el 1 de enero de 2020, los impuestos y tasas anuales adicionales para los vehículos de motor eléctricos de batería e híbridos enchufables recaudados de conformidad con la Ley 2019-2 deben mantenerse intactos en su oficina. Enviaremos más orientación y una declaración revisada FRMS 5-A para informar sobre estos nuevos elementos tan pronto como se resuelvan las cuestiones legales relativas a la distribución de estos importes.

Si tiene alguna pregunta o necesita información adicional, no dude en ponerse en contacto con Alicia Hatch en el 334-242-7070.

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