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ADOR amplía la ayuda a las empresas de alojamiento

Publicado: 20 de marzo de 2020

MONTGOMERY, 20 de marzo de 2020 - Con efecto inmediatamente, el Departamento de Ingresos está extendiendo el alivio a los titulares de cuentas de que no pueden pagar a tiempo su impuesto de ocupación transitoria del estado de febrero, marzo y abril de 2020, comúnmente conocido como "alojamiento". de febrero, marzo y abril de 2020, comúnmente conocido como "impuesto de alojamiento". de alojamiento". Las multas por retraso en el pago de las obligaciones del impuesto estatal sobre el alojamiento para estos periodos impositivos no se aplicarán hasta el 1 de junio de 2020.

Esta exención se aplica únicamente a la exención de multas por retraso de pago de las obligaciones tributarias de alojamiento. El Departamento no ha ampliado los plazos de presentación de las declaraciones para los impuestos estatales sobre el alojamiento. Como resultado, los declarantes del impuesto estatal sobre el alojamiento deben presentar a tiempo todas las declaraciones de impuestos sobre el alojamiento como es habitual e informar de los impuestos adeudados.

Es posible que otras empresas que se vean afectadas por el caso, a otras empresas que se hayan visto afectadas por el coronavirus (COVID-19) el coronavirus (COVID-19) y las medidas preventivas que se están tomando para limitar su propagación en Alabama.

Para obtener más información sobre la exención para los titulares de cuentas de impuestos sobre el alojamiento del estado, se anima a los contribuyentes a visitar la página de Actualizaciones de COVID-19 del Departamento de Ingresos o a llamar a la División de Impuestos sobre Ventas y Uso del Departamento al 334-242-1490.

Haga clic aquí para descargar un pdf de este comunicado.  

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