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Se acerca el plazo para que los vendedores en línea se afilien al SSUT y reciban la amnistía de la deuda tributaria del año anterior

Publicado: 14 de agosto de 2019

MONTGOMERY, 13 de agosto de 2019 - El Departamento de Ingresos de Alabama de Ingresos alienta a los vendedores en línea elegibles y a los facilitadores del mercado que están sujetos a un requisito de recaudación para registrarse en el programa de remesas del estado Simplified Sellers Use Tax (SSUT) del estado antes del 1 de octubre de 2019. Al hacerlo, se liberar a dichos vendedores de la obligación de ciertas obligaciones fiscales para el año anterior.

Aunque el estado comenzó a aplicar su requisito de recaudación para los grandes vendedores en octubre de 2018, y para los facilitadores del mercado facilitadores del mercado en enero de 2019, la legislatura del estado, durante la más reciente sesión legislativa, promulgó una amnistía para los vendedores elegibles que no cobraron impuestos sobre las transacciones antes de su participación en el programa SSUT y se registren con el programa SSUT para comenzar a recaudar en o antes del 1 de octubre de 2019. Los inscritos deben permanecer en el programa durante al menos tres años.

A partir del 5 de junio de 2019, la Ley 2019-382 modifica §40-23-199, Código de Alabama, 1975, para disponer lo siguiente:

  • Los vendedores elegibles en el programa SSUT obtendrán una amnistía para cualquier SSUT no cobrado que pueda haber sido adeudado en las ventas realizadas a los compradores en el estado para todos los períodos anteriores al 1 de octubre de 2019.
  • No se podrá interponer ninguna acción colectiva contra un vendedor que reúna los requisitos en ningún tribunal de este estado en nombre de los clientes por un pago excesivo del impuesto de uso simplificado de los vendedores.

El impuesto simplificado sobre el uso de los vendedores no puede ser recaudar y remitir en lugar del impuesto sobre ventas y uso recaudado por un funcionario encargado de la concesión de licencias de conformidad con el artículo 40-23-104. Esta prohibición se aplica a las ventas de vehículos automotores, lanchas, remolques de camiones, remolques, semirremolques casas prefabricadas y remolques de viaje que deben ser autorizados en este estado por un oficial local de licencias.

Para leer la Ley 2019-382 en su totalidad y otra información relativa al Programa de Impuesto Simplificado sobre el Uso de los Vendedores, visite https://revenue.alabama.gov/sales-use/simplified-sellers-use-tax-ssut/.