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No olvide incluir el impuesto en las compras por Internet

Publicado: 22 de enero de 2016

El Departamento de Impuestos de Alabama recuerda a los habitantes de Alabama que compran en Internet, en las redes de televisión de compra en casa o en las ventas por catálogo que deben informar y pagar el impuesto sobre el uso de sus compras si el minorista en línea o por catálogo no ha cobrado el impuesto.
Los artículos sujetos al impuesto sobre el uso son los mismos que estarían sujetos al impuesto sobre las ventas si se compraran en Alabama, como por ejemplo: ordenadores, libros, equipos electrónicos, juguetes, juegos, muebles, joyas, ropa, etc. Los contribuyentes de Alabama pueden pagar su impuesto sobre el uso en el momento de presentar su declaración de la renta individual de Alabama, introduciendo el importe del impuesto sobre el uso adeudado en una partida incluida en la declaración de la renta individual de Alabama. Al hacer esto, el contribuyente simplemente aumenta su saldo adeudado o disminuye su reembolso del impuesto sobre la renta por la cantidad del impuesto sobre el uso adeudado.
Los compradores deben un cuatro por ciento de impuesto estatal sobre el uso en sus compras fuera del estado si el vendedor de fuera del estado no ha cobrado el impuesto. Los impuestos locales también se aplican si viven en una ciudad o condado que recauda un impuesto local sobre las ventas o el uso; sin embargo, sólo el cuatro por ciento del impuesto estatal sobre el uso puede ser declarado en su declaración de impuestos individuales de Alabama. El contribuyente debe ponerse en contacto con la oficina local para obtener información sobre cómo pagar el impuesto local sobre el uso. Si su recibo de compra muestra que ha pagado un impuesto sobre las ventas a otro estado igual al tipo impositivo de Alabama, no se le volverá a gravar.
El tipo impositivo estatal sobre el uso es del cuatro por ciento, igual que el tipo impositivo estatal sobre las ventas. Al igual que el impuesto sobre las ventas, el impuesto sobre el uso del cuatro por ciento se destina principalmente al Fondo Fiduciario para la Educación del estado. El impuesto sobre el uso no es un impuesto nuevo; forma parte del sistema fiscal de Alabama desde hace tanto tiempo como el impuesto estatal sobre las ventas. El impuesto sobre el uso es un impuesto complementario al impuesto estatal sobre las ventas y evita que los comerciantes de Alabama se encuentren en una desventaja competitiva injusta con respecto a los comerciantes en línea o por catálogo de otros estados, que pueden no estar obligados a recaudar impuestos sobre las ventas a los residentes de Alabama.
Para obtener más información sobre los requisitos de información del impuesto sobre el uso de los consumidores de Alabama, póngase en contacto con la División de Impuestos sobre las Ventas y el Uso del Departamento de Ingresos de Alabama en el 334-242-1490, o visite el sitio web del departamento en http://www.ador.alabama.gov/.

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