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ORDEN EJECUTIVA - Suspensión temporal de los requisitos del impuesto especial de terminales de Alabama (huracán Laura)

Publicado: 27 de agosto de 2020

Yo, Vernon Barnett, Comisionado del Departamento de Ingresos de Alabama, de conformidad con el poder que me otorga el §40-2-11, Código de Alabama 1975, y la Ley 2019-164, Ala. Acts 2019, por la presente declaro que debido a que hay un estado de emergencia resultante del huracán Laura, es necesario ayudar y acelerar todos los esfuerzos de alivio. Con el fin de dar cabida a esta necesidad y proporcionar asistencia a los ciudadanos afectados por esta tormenta, por la presente ordeno la suspensión temporal de los requisitos de licencia de exportador, importador y transportista de combustible de motor asociados con el impuesto especial de la terminal de Alabama para los exportadores, importadores o transportistas que apoyan los esfuerzos de socorro por el desastre mediante la participación en la exportación de combustible de motor de Alabama a las áreas en otros estados impactados por el huracán Laura para los que se ha declarado un estado de emergencia o desastre o la importación de combustible de motor en las áreas de Alabama para las que se declara un estado de emergencia o desastre.

Nada de lo dispuesto en esta Orden Ejecutiva se interpretará como una renuncia a cualquier requisito adicional en virtud del Impuesto Especial de Terminales de Alabama, incluido el requisito de que los proveedores recauden y remitan el impuesto estatal de destino, o de cualquier estatuto, norma, orden u otro requisito legal al que no se renuncie específicamente en este documento.

Debido al estado de emergencia en curso resultante del huracán Laura, esta Orden Ejecutiva será efectiva hasta el final de treinta (30) días después de la firma de la Orden Ejecutiva.

Ingresado este 27 de agosto de 2020.

Haga clic aquí para descargar una versión en pdf de esta orden.