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MEMO 2021-007 Actualización del registro

Publicado: 3 de agosto de 2021
MEMORANDO 2021-007

A: Funcionarios de expedición de matrículas
ASUNTO: Actualizaciones de la matrícula

La Ley Legislativa 2021-134 (en vigor el 1 de junio de 2021) exime a las bicicletas eléctricas (definidas en el artículo 32-6-1.1 como un vehículo de menos de 750 vatios, con asiento y que no puede circular a más de 25 mph) de los requisitos de titulación, seguro y registro.

A partir del 1 de octubre de 2021, las matrículas ya no incluirán caracteres apilados. El nombre de la categoría de la placa (CAMIÓN, TAXI, AUTOBÚS, etc.) aparecerá en la parte inferior de la placa. La matrícula contendrá hasta siete (7) caracteres alfanuméricos, incluido el indicador del condado (1-67), que seguirán siendo los dos primeros caracteres alfanuméricos. El peso registrado del vehículo debe reflejarse en el recibo de matrícula.

También a partir del 1 de octubre de 2021, habrá una placa restringida para los destructores de vehículos de motor. Tal como se define en la Sección 40-12-248, Código de Ala. 1975, y la regla administrativa 810-5-1-.207, un vehículo de auxilio es un vehículo utilizado principalmente para mover, remolcar o recuperar vehículos motorizados inutilizados o para propósitos de incautación. Las tasas de matriculación se basan en el peso bruto del vehículo del demoledor, sin tener en cuenta el peso bruto de cualquier vehículo de motor que vaya a ser remolcado por el demoledor. El nombre de la clasificación de la placa "wrecker" aparecerá en la parte inferior de la placa.

El Acto Legislativo 2021 - 337 (en vigor el 1 de octubre de 2021) modifica el §40-12-248, Código de Ala. 1975 para eliminar el límite de etiquetas agrícolas emitidas a los camiones-tractores propiedad de un agricultor. La ley permite que cualquier tamaño de camión o camión-tractor que transporta productos forestales para mostrar la etiqueta restringida de Productos Forestales. La ley también elimina el requisito de una declaración jurada del peso bruto del vehículo en papel. Consulte la Regla Administrativa 810-5-1-.442 (actualizaciones a partir del 11/8/2021) para obtener más información.

A partir del 1 de octubre de 2021, los funcionarios encargados de las licencias deberán comenzar a emitir registros utilizando el recibo de registro revisado. El recibo revisado permitirá más espacio para capturar las tarifas del condado en el recibo. El código de barras en el recibo reflejará tanto la información del registrante como la del vehículo (nombre del registrante, dirección, VIN, marca, modelo, número de placa, fecha de emisión/expiración y tipo de etiqueta principal). El registro de matrícula también debe ser revisado para reflejar los campos de datos adicionales. A continuación se muestra el enlace al registro de registro revisado en el sitio web de MVD:
https://revenue.alabama.gov/motor-vehicle/registration-file-information/

La rotación de múltiples colores de calcomanías de validación (rojo, verde y amarillo) se ha eliminado y a partir del año de registro 2022, las calcomanías seguirán siendo amarillas. Si las oficinas de licencias tienen calcomanías de validación rojas o verdes en su inventario, por favor póngase en contacto con la División de Vehículos de Motor para organizar la recogida y destrucción de las calcomanías.

Por favor, póngase en contacto con la División de Vehículos Motorizados en el 334-242-9000 o en el correo electrónico MVD@revenue.alabama.gov si tiene alguna pregunta sobre este memorándum.

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