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AVISO Preguntas frecuentes - Crédito para refugios contra tormentas (Ley 2021-540)

Publicado: 26 de enero de 2022
  • ¿Cuándo puedo solicitar el crédito para refugios contra tormentas?
    • Desde el 1 de enero de 2022 hasta el ejercicio fiscal de 2025, a menos que se prorrogue mediante una ley del poder legislativo.
  • ¿Tengo derecho al crédito si ya tengo un refugio contra tormentas?
    • No. El contribuyente que solicite la desgravación fiscal sólo puede hacerlo para el año en que se adquirió, construyó o instaló el refugio contra tormentas cualificado.
  • ¿Qué es un refugio para tormentas cualificado?
    • Un refugio para tormentas cualificado se define como un refugio para tormentas o una sala segura a la que se aplican todas las condiciones siguientes:
      • El diseño es capaz de soportar un tornado EF5.
      • Se pone en servicio como accesorio de la residencia principal del contribuyente, o en el mismo terreno o parcela que la residencia principal cuando no existe previamente ningún otro refugio contra tormentas.
      • Cumple o supera los criterios mínimos más recientes de la Agencia Federal de Gestión de Emergencias para el diseño, la construcción y el funcionamiento de salas seguras residenciales.
      • Se construye en el lugar de la residencia principal del contribuyente o se fabrica fuera del lugar y se instala en el lugar de la residencia principal del contribuyente.
  • ¿Cuál es el importe del crédito fiscal?
    • 3.000 $ o el 50% del coste total de la construcción, adquisición e instalación del refugio cualificado contra tormentas, si este importe es inferior. Los costes totales excluirán cualquier coste reembolsado o que se prevea que vaya a ser reembolsado por cualquier otra entidad.
    • El crédito fiscal emitido no es reembolsable ni transferible. Tampoco puede reducir la cuota tributaria del contribuyente a menos de cero.
  • ¿Cómo puedo aplicar para el crédito con la Agencia de Gestión de Emergencias de Alabama (AEMA)?
    • El contribuyente presentará un informe informativo anual ante la AEMA. Puede encontrar más información sobre este informe y sobre cómo obtener un certificado de crédito en https://ema.alabama.gov/.
  • ¿Cómo puedo reclamar el crédito en mi declaración de impuestos con el Departamento de Hacienda de Alabama (ALDOR)?
    • ALDOR requerirá el certificado de crédito emitido al contribuyente por la Agencia de Gestión de Emergencias de Alabama. El crédito tendrá que ser pre-certificado a través de My Alabama Taxes(https://myalabamataxes.alabama.gov) bajo el nombre del contribuyente que aparece en el certificado de crédito. En el panel "Particulares", haga clic en "Presentar una solicitud de crédito individual". La solicitud de crédito DEBE presentarse a nombre del individuo que figura en el certificado, incluso cuando se presente una declaración de impuestos conjunta. Si no se presenta el certificado, la solicitud de crédito y los demás documentos requeridos de esta manera, el crédito será denegado.

*Para obtener más información sobre la solicitud del crédito en su declaración de la renta, póngase en contacto con la Unidad de Auditoría y Apelación, Cumplimiento, llamando al 334-353-9770.