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AVISO Informe sobre los ingresos y gastos del impuesto local sobre los carburantes 2020

Publicado: 12 de enero de 2021

PARA EL AÑO FISCAL 2020

De acuerdo con la Ley 2019-001 de la Primera Sesión Especial de 2019, a partir del 12 de marzo de 2019, en o antes del 31 de enero de cada año, cualquier condado o ciudad que deba reportar la información de la tasa de impuesto local sobre el combustible de motor al Departamento de Ingresos de conformidad con la Ley 1998-192 también debe proporcionar un informe similar relacionado con la cantidad total de los ingresos del impuesto local sobre el combustible de motor recaudado para el año fiscal inmediatamente anterior y la cantidad total de los ingresos gastados en el mantenimiento y mejora de carreteras y puentes durante ese mismo año fiscal.

Para facilitar la comunicación de esta información, el departamento proporciona la plantilla adjunta. La información debe ser reportada utilizando la plantilla, de la siguiente manera:

Nombre de la localidad - Utilice el cuadro desplegable para introducir el nombre de su localidad.

Año fiscal - Introduzca el año fiscal sobre el que se informa. Por ejemplo, 1 de octubre de 2018 - 30 de septiembre de 2019, 1 de julio de 2018 - 30 de junio de 2019, etc.

Ingresos fiscales - Introduzca el importe total de los ingresos locales por impuestos especiales sobre los carburantes (gasolina, gasóleo, GNC, etc.) recaudados por la ciudad o el condado durante el ejercicio fiscal que se declara.

Mantenimiento y mejora de carreteras y puentes - Introduzca el importe total de los ingresos gastados en el mantenimiento y mejora de carreteras y puentes para el año fiscal que se informa.

En un esfuerzo por reducir la carga administrativa, el departamento alienta la presentación de estos informes por correo electrónico a la siguiente dirección de correo electrónico: mft@revenue.alabama.gov. Los informes también pueden enviarse por correo o fax, si es necesario, a la dirección o número de fax indicados a continuación.

Si tiene alguna pregunta, póngase en contacto con la Sección de Combustibles para Motores en la dirección postal, el número de teléfono o la dirección de correo electrónico que figuran a continuación.

Plantilla: https://www.revenue.alabama.gov/wp-content/uploads/2021/01/FY2020JointTransportationCommitteeTemplate.xlsx

Gracias de antemano por su colaboración en la recopilación y el suministro de esta información.

BUSINESS AND LICENSE TAX DIVISION
MOTOR FUELS SECTION
P. O. BOX 327540
MONTGOMERY, ALABAMA 36132-7540
334-242-9608, Opción 6, Opción 1
334-242-1199 (Fax)
mft@revenue.alabama.gov.

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