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AVISO: Orientación fiscal para contratistas, subcontratistas y entidades gubernamentales de Alabama en relación con los contratos relacionados con la construcción

Categoría
División relacionada
Publicado: 1 de junio de 2018

AVISO
Orientación fiscal para contratistas, subcontratistas y entidades gubernamentales de Alabama
Entidades gubernamentales de Alabama en relación con los contratos relacionados con la construcción
La legislatura ha aprobado y el Gobernador ha firmado la Ley 2018-234, que amplía la definición de
entidades gubernamentales que califican para el Certificado de Exención del Impuesto sobre Ventas y Uso para los contratos de proyectos de entidades gubernamentales
contratos de proyectos de entidades gubernamentales celebrados a partir del 1 de enero de 2019 y en adelante.
Los proyectos y contratos que califican ahora se definen como aquellos que generalmente se celebran con las siguientes
entidades gubernamentales, a menos que se indique lo contrario: el Estado de Alabama, un condado o municipio incorporado
de Alabama, una escuela pública de Alabama, una junta o autoridad de desarrollo industrial o económico de
de desarrollo industrial o económico de Alabama, o cualquier autoridad, distrito, sistema o consejo público de agua o alcantarillado de Alabama que ya esté exento de los impuestos sobre ventas y uso.
ya está exento de impuestos sobre ventas y uso. Tenga en cuenta que los contratos celebrados con el gobierno federal
gobierno federal y los contratos relativos a la construcción o reparación de autopistas, carreteras o puentes no califican para
la exención prevista en la Ley 2018-234.
En el pasado, las solicitudes de proyectos de entidades gubernamentales con cualquier autoridad pública de agua o alcantarillado de Alabama,
distrito, sistema o junta que estaba exento del impuesto sobre las ventas y el uso fueron denegadas porque no eran elegibles para
el certificado de exención de contratistas gubernamentales como entidad gubernamental en virtud de la Ley 2013-205. Con la
aprobación de la Ley 2018-234, a partir del 1 de enero de 2019 y en adelante, los contratos relacionados con la construcción con cualquier
autoridad, distrito, sistema o junta de agua o alcantarillado público de Alabama que esté exento de impuestos sobre las ventas y el uso, serán
ahora serán elegibles para el Certificado de Exención de Contratistas del gobierno.
Si tiene alguna pregunta sobre este aviso, póngase en contacto con la División de Impuestos sobre Ventas y Uso
por teléfono al (334) 242-1490, por correo electrónico a STExemptionUnit@revenue.alabama.gov, o por correo a
Sales and Use Tax Division, Exemption Unit, P.O. Box 327710, Montgomery, AL 36132-7710.
Haga clic aquí para descargar una versión en pdf de este aviso.

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