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Cambios en la notificación de traslados involuntarios por orden judicial

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Publicado: 6 de enero de 2017

La Ley Legislativa 2016-358 modificó la Sección 32-8-46 del Código de Alabama de 1975, cambiando el requisito de informar sobre los traslados involuntarios por orden judicial.
A partir del 1 de enero de 2017, una persona o entidad que inicie un traslado involuntario por orden judicial deberá notificar la acción al Departamento al menos treinta y cinco (35) días naturales antes de la fecha del traslado. La persona o entidad deberá utilizar el portal de transferencias involuntarias del Departamento(https://tobol.mvtrip.alabama.gov/) para informar de la transferencia de propiedad. Las disposiciones de notificación no se aplicarán a un vehículo de motor transferido en virtud de una sentencia de divorcio, o a un vehículo de motor transferido en virtud de documentos que crean un gravamen u otro interés de seguridad en el vehículo de motor. No se podrá emitir una solicitud de certificado de titularidad para un vehículo de motor sujeto a estas disposiciones hasta que se cumplan los requisitos de notificación. El enlace al portal de Transferencia Involuntaria está disponible en la página web de la División de Vehículos de Motor y en el Portal de Títulos, Registro y Seguros de Vehículos de Motor (MVTRIP).
El Sistema de Procesamiento Electrónico de Solicitudes de Títulos del Departamento no permitirá la creación de una solicitud de certificado de título para una transferencia involuntaria como resultado de una orden judicial hasta que la transferencia haya sido informada al Departamento, utilizando el Portal de Transferencia Involuntaria, y el período de notificación de treinta y cinco (35) días haya expirado. El Departamento rechazará las solicitudes de certificado de título por incumplimiento de los requisitos de notificación.
Para obtener más información, póngase en contacto con el Departamento de Ingresos de Alabama, División de Vehículos de Motor, en el 334-242-9000, o titles@revenue.alabama.gov

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