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Categorías de Preguntas Frecuentes / Impuesto: WRAP

Consulte nuestro sitio web para ver otros materiales de referencia que puedan responder a sus preguntas. Puede enviar preguntas adicionales por correo electrónico a WRAP@revenue.alabama.gov o llamar al 334-353-0440.

Esta evaluación no cierra el periodo, por lo que aún podría ser seleccionado para una auditoría completa que podría incluir este periodo u otros.

El departamento sólo puede hablar de su información fiscal con usted o con un empleado autorizado de su empresa. Puede presentar un poder notarial cumplimentado que permita al departamento hablar con su agente designado.

Póngase en contacto con la unidad del Programa de Responsabilidad de Mayoristas a Minoristas por correo electrónico en WRAP@revenue.alabama.gov o por teléfono en el 334-353-0440. Debe indicarnos por qué cree que esta evaluación es incorrecta. Se le pedirá que proporcione la documentación de las ventas y/o los registros de compra como una auditoría. Durante este proceso, podemos determinar que debe más que la evaluación o remitir su cuenta al campo para una auditoría completa.

También puede solicitar una reunión informal para discutir esta evaluación. Si solicita una conferencia informal en un plazo de 30 días a partir de la fecha del Aviso de Evaluación Preliminar, se le concederá la conferencia. Para obtener más información sobre cómo solicitar una conferencia informal, visite el sitio web del Departamento de Hacienda de Alabama.

Sí. Sin embargo, si tiene cambios materiales en el inventario que desea que se tengan en cuenta, debe presentar registros de inventario detallados desde el principio del periodo de evaluación y el final del periodo de evaluación. Además, puede presentar otra documentación que pueda afectar al inventario, como informes policiales en caso de robo o documentos del seguro en caso de incendio o catástrofe.

Debe ponerse en contacto con su(s) mayorista(s) por escrito para notificarles que su certificado de impuesto sobre las ventas de Alabama ya no es válido. A continuación, tendrá que presentar el nuevo certificado de impuesto sobre las ventas al mayorista o mayoristas.

Los mayoristas siguen informando de las ventas a su empresa cerrada. Por favor, descargue los datos y notifique, por escrito, a cualquier mayorista que siga informando de las ventas a su negocio que su negocio está cerrado. Una vez que los mayoristas hayan corregido los datos que subieron, notifíquenoslo para que podamos utilizar los datos corregidos para ajustar su evaluación. Si los mayoristas no cambian los datos porque usted no les notificó a tiempo que había cerrado su negocio, podría seguir siendo responsable de la evaluación del Programa de Responsabilidad de Mayoristas a Minoristas.

Debe ponerse en contacto con el Departamento de Hacienda de Alabama y cerrar su cuenta de impuestos sobre las ventas. Póngase en contacto con la sección de registro de empresas en Business.Registration@revenue.alabama.gov o en el 334-242-1584.

Su certificado de impuesto sobre las ventas deja de ser válido el último día que su negocio está abierto. Debe ponerse en contacto con sus mayoristas por escrito para notificarles que su certificado de impuesto sobre las ventas de Alabama ya no es válido.

No, los minoristas no deben transferir el producto entre establecimientos. La factura de compra en la tienda debe mostrar la dirección de la tienda en la que se encuentra el producto. La única forma de transferir el producto es si la tienda de la que se transfiere el producto está registrada y presenta el informe de ventas para la reventa.

Después de que haya trabajado con la Unidad del Programa de Responsabilidad de Mayoristas a Minoristas, y no tenga más información que pueda reducir su evaluación, la División de Servicios de Cobro del Departamento de Ingresos puede evaluar su cuenta para ver si califica para un plan de pago.

Si un agente de la División de Servicios de Cobro se ha puesto en contacto con usted para hablar del pago de la cuota, notifíquele que está interesado en un plan de pago. Si un agente no le ha enviado una carta, llame a Servicios de Cobro al 334-353-8096 para obtener información adicional.

Si usted presenta documentación adicional que permita un ajuste de la evaluación y esto crea un crédito de pago en exceso, entonces usted podrá tomar el crédito en su próxima declaración de impuestos sobre las ventas.

No. Las compras de tabaco se tratan de forma diferente. El impuesto sobre las ventas se debe pagar sobre el precio de venta después de aplicar los créditos de compra de tabaco. Sin embargo, el impuesto sobre las ventas se debe pagar sobre el precio de venta antes de aplicar el cupón del fabricante.

La documentación que presente para la compra de cigarrillos debe proceder del fabricante de los mismos. No aceptaremos ninguna documentación que haya sido alterada o pueda ser alterada, es decir, hojas de cálculo en cualquier formato, archivos de procesamiento de textos y archivos de texto. Las capturas de pantalla de los sitios web de los fabricantes de cigarrillos son aceptables si muestran el nombre del fabricante de cigarrillos, el nombre de su empresa, el periodo de compra, el importe del crédito de compra y no es una captura de pantalla de una hoja de cálculo que pueda ser alterada.

Si la única documentación que puede conseguir está en un formato inaceptable, se le pedirá que presente documentación adicional. Esta documentación adicional podría ser una declaración firmada por su representante de tabaco que detalle los importes de la documentación por mes o trimestre, o extractos bancarios que muestren los importes de los depósitos directos en su cuenta bancaria por parte del fabricante de tabaco. Sin embargo, los extractos bancarios por sí solos no se aceptarán en lugar de la documentación del fabricante descrita anteriormente, ya que los extractos bancarios no incluyen el periodo de compra.

Si no está seguro, probablemente no participe en un programa de recompra con un fabricante de cigarrillos. Si participara, tendría un contrato o acuerdo con el fabricante de cigarrillos. Si sigue sin estar seguro, debe ponerse en contacto con el representante del fabricante de cigarrillos para comprobarlo.

Sí, tiene que enviar por correo la información sobre la reducción del precio de los cigarrillos del fabricante a la Unidad de Rendición de Cuentas de Mayoristas a Minoristas a la dirección indicada más abajo. Asegúrese de incluir en esta correspondencia una copia de su Aviso de Cuota para que el crédito de compra se aplique a la cuota correcta. Para recibir el crédito para su evaluación, la información de compra del fabricante de cigarrillos debe incluir:

1. El nombre del fabricante de cigarrillos que proporciona la recompra

2. El nombre de la empresa que recibe la recompra

3. El período de recompra, que suele ser la fecha (mes y año) en que se compraron los cigarrillos, pero no la fecha en que se pagó la recompra

4. El importe del crédito de compra

Sin toda esta información, no se concederá un crédito de compra.

Envíe por correo la información sobre la recompra y una copia de la notificación de evaluación a

Departamento de Hacienda de Alabama
Attn: Programa de responsabilidad de mayoristas a minoristas
División de impuestos sobre ventas y uso
P O Box 3271000
Montgomery, AL 36132-7100

Posiblemente. Si considera que una declaración enmendada debería reducir su evaluación, póngase en contacto con la Unidad del Programa de Responsabilidad de Mayoristas a Minoristas en WRAP@revenue.alabama.gov o en el 334-353-0440 y proporcione la información enmendada. La evaluación no se ajustará automáticamente debido a las declaraciones enmendadas.

Nota: Las declaraciones de impuestos sobre las ventas enmendadas no harán que se recalcule la Cuota del Programa de Responsabilidad de Mayoristas a Minoristas ni que se elimine la multa de la cuota. El impuesto pagado en las declaraciones enmendadas presentadas después de que se emita la Evaluación del Programa de Responsabilidad de Mayorista a Minorista será un pago para la Evaluación del Programa de Responsabilidad de Mayorista a Minorista.

Ha recibido una liquidación porque no está declarando todas sus ventas ni remitiendo el impuesto recaudado en sus declaraciones de impuestos sobre las ventas. Si declara y remite con exactitud todas sus ventas en su declaración de impuestos, no debería recibir futuras liquidaciones.

Si encuentra algún error en sus registros de compra, deberá ponerse en contacto directamente con su mayorista/distribuidor para que corrija los datos con el departamento. Si se encuentra con alguna circunstancia inusual, o necesita ayuda para resolver los problemas de información, puede ponerse en contacto con la Unidad WRAP en el 334-353-0440 o WRAP@revenue.alabama.gov.

Sus compras pueden ser revisadas ingresando a MyAlabamaTaxes. Si se ha registrado previamente para presentar su declaración de impuestos sobre las ventas a través del sitio web del MAT, deberá utilizar ese nombre de usuario y contraseña. Para recuperar la contraseña, haga clic en el enlace "¿Olvidó su contraseña?" en la pantalla de inicio de MAT. Si no se ha registrado previamente para presentar su declaración de impuestos sobre las ventas a través de MAT, entonces usted creará su propio nombre de usuario y contraseña la primera vez que inicie sesión en MAT.

Los datos utilizados para hacer la evaluación estarán disponibles para usted a través del sitio web MyAlabamaTaxes (MAT) en https://myalabamataxes.alabama.gov. Inicie sesión en MyAlabamaTaxes y vaya a su cuenta de impuestos sobre las ventas. Desde la pantalla de su cuenta de impuestos sobre las ventas, en el menú "I Want To", haga clic en el enlace "View WRAP Periods" y seleccione el período aplicable.

Actualmente, sólo se utilizan las compras de cerveza, vino, alcohol y tabaco para calcular las cuotas del WRAP. La razón por la que pueden aparecer otros artículos en los datos es porque los mayoristas han facilitado esta información al Departamento de Hacienda.

A partir del 1 de julio de 2018, los mayoristas que venden cerveza, vino y productos de tabaco están obligados a informar de las compras de los minoristas al Departamento de Ingresos de Alabama por ley estatal (Ley 2017-294).

A continuación, el departamento ofrece una explicación de cómo se calculan estas cuotas.

EJEMPLO: Compras con recargo
Total de compras de cerveza y vino con recargo (compras + (compras * 35%)) $675,000.00

+

Total de compras de licores con recargo (compras + (compras * 51%)) $400,000.00

+

Total de compras de tabaco con recargo (compras + (compras * 35%)) $2,025,000.00

-

Total de la medida fiscal declarada en la declaración del impuesto estatal sobre las ventas del minorista (línea 3, columna E) ($1,500,000.00)

=

Importe de las ventas netas no declaradas $1,600,000.00
* 4%
Impuesto neto a pagar $64,000.00

Un análisis de nuestros registros muestra que las ventas declaradas son inferiores a las compras para el período de la evaluación. Parece que usted ha recaudado el impuesto sobre las ventas pero no ha remitido el impuesto al estado de Alabama. Hemos estimado sus ventas y creemos que debe al menos esta cantidad. También se le está cobrando una multa por no informar y pagar la cantidad correcta de impuestos en el momento de la presentación.