No. El artículo 40-14A-43 del Código de Alabama de 1975 establece que "los impuestos recaudados por este capítulo no se aplicarán a ninguna organización descrita en el 26 U.S.C. §501(a)..."
La sección 501(a) del Código de Rentas Internas remite además al 26 U.S.C. §501(c), que identifica a las organizaciones exentas. La sección 501(c)(14) (A) se refiere a las cooperativas de crédito sin capital social organizadas y operadas con fines mutuos y sin ánimo de lucro.