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Categorías de Preguntas Frecuentes / Impuesto: Impuesto sobre Actividades Económicas

Si ha recibido un aviso de morosidad del impuesto sobre privilegios comerciales del Departamento de Ingresos de Alabama, y no ha presentado la declaración requerida o realizado el pago requerido, por favor, hágalo en este momento para evitar más intereses y multas. Las declaraciones de BPT se pueden presentar en MAT (My Alabama Taxes). Vea "¿Cómo me registro en MAT?" si no tiene una cuenta en MAT. Los formularios en papel se pueden obtener haciendo clic en la página de formularios de ADOR. Vea "¿Cómo encuentro los formularios del Impuesto a los Privilegios Comerciales en el sitio web?" para obtener instrucciones paso a paso de cómo obtener los formularios. Si no está seguro de si una declaración fue requerida o presentada, por favor envíe una copia del aviso de morosidad a su profesional de impuestos.

Si cree que ha recibido el aviso de morosidad por error y ha presentado la declaración requerida, proporcione una copia de la declaración y el comprobante de pago después de consultar con su profesional de impuestos. Adjunte copias de la declaración y el comprobante de pago a una copia del aviso de morosidad del impuesto sobre los privilegios comerciales y envíelo por correo electrónico a businessprivilege.tax@revenue.alabama.gov o envíe la respuesta por correo postal a:

Departamento de Ingresos de Alabama
Administración del Impuesto sobre la Renta
Sección de Impuestos a los Privilegios Comerciales - Respuesta al Aviso de Morosidad
Apartado de correos 327900
Montgomery, AL 36132-7900

Los contribuyentes deben recibir una carta (Online Filing Info) para inscribirse en el MAT. Normalmente, después de haber registrado su negocio en la Secretaría de Estado, los contribuyentes recibirán su carta en un plazo de 4 a 6 semanas del Departamento de Hacienda de Alabama. Una vez recibida esta carta, los contribuyentes tienen que visitar nuestra página web https://myalabamataxes.alabama.gov/_/#1. En la parte izquierda de la pantalla verá el nombre de usuario, la contraseña y el inicio de sesión. Debajo de eso verá "Olvidé mi contraseña", "Olvidé mi nombre de usuario" y "¿No tiene acceso? REGÍSTRESE AQUÍ. Los contribuyentes deben hacer clic en registrarse aquí. Seleccione: Impuesto sobre Actividades Económicas. A continuación, el contribuyente tendrá que proporcionar el número de cuenta, el ID de inicio de sesión y el código de acceso. Esta información se encuentra en la carta (Online Filing Info).

¿Por dónde empiezo?
Haga clic en el enlace "Inicio" para ir a la página de resumen que ve cuando se registra por primera vez.
Para editar una dirección a nivel de cliente:
Haga clic en la pestaña Nombres y direcciones del trampolín de clientes.
Busque los Nombres y Direcciones de Clientes
Para editar una dirección a nivel de cuenta:
Vaya a la pestaña Cuentas y haga clic en la cuenta correspondiente (por ejemplo, Impuesto sobre Actividades Económicas).
Haga clic en la pestaña Nombres y direcciones del trampolín de cuentas.
Encuentre los Nombres y Direcciones de la cuenta
¿Qué debo hacer?
Ver una dirección
Haga clic en una dirección para verla.
Editar una dirección
Haga clic en el botón Editar
Actualizar los campos de la dirección.
Haga clic en el enlace Verificar dirección para comprobar que se trata de una dirección válida. Este paso es obligatorio
Haga clic en el enlace Seleccionar junto a la dirección verificada (si procede).
Cuando haya terminado, haga clic en el botón Enviar para enviar la solicitud.
Aparecerá un mensaje de confirmación. Haga clic en el botón Imprimir confirmación para imprimir la página, o haga clic en Aceptar para continuar.

Opciones de pago

Mis impuestos de Alabama

Pague con tarjeta de crédito/débito o ACH en línea con MyAlabamaTaxes. Los pagos de facturación se pueden hacer en Pay Bill.

Por teléfono

Grupo de Asistencia al Contribuyente (TAG): Para realizar un pago con tarjeta de crédito por teléfono, póngase en contacto con el Grupo de Asistencia al Contribuyente del Departamento de Hacienda de Alabama llamando al 334-353-8096.

Por correo

Puede enviarse por correo un cheque o giro postal si el importe adeudado es inferior a 750 $. Adjunte el comprobante del formulario BPT-V y el pago. Enviar por correo a:

Departamento de Ingresos de Alabama
Sección de impuestos sobre privilegios comerciales
P.O. Box 327320
Montgomery, AL 36132-7320

Vaya a nuestro sitio web, www.revenue.alabama.gov. Haga clic en Formularios. Introduzca el privilegio comercial en el cuadro de búsqueda. Ordene los formularios por año haciendo clic en la casilla "Año" para encontrar el formulario necesario. Haga clic en el formulario necesario. Las instrucciones, los formularios con cálculos, los formularios imprimibles y nuestro comprobante (BPT-V) se encuentran aquí.

Dónde solicitarlo-

revenue.alabama.gov
Haga clic en Empresas (a lo largo de la parte superior izquierda en azul oscuro)
Certificado de Conformidad (última opción en la primera columna, abajo a la izquierda)
Solicite un Certificado de Cumplimiento (enlace dentro del párrafo)
Por favor, lea: Información importante sobre el Certificado de Cumplimiento y Notas Especiales (en rojo)
Solicitar un único certificado de conformidad
La tarifa es de 10 dólares (con un cargo adicional de 4 dólares por servicio)
Opciones de pago: American Express, Discover, Master Card o Visa

*A veces el contribuyente puede no conocer el número de identificación de 6 dígitos de la Secretaría de Estado. Puede introducir todos los nueves en ese campo, pero debe estar en el formato correcto, 999-999. Además, si no tiene un número FEIN, puede hacer lo mismo, pero debe estar en el formato correcto, 99-9999999. Con el fin de garantizar la exactitud en la verificación de la entidad para el cumplimiento, no se recomienda hacer una solicitud sin los números de identificación adecuados para la entidad. El FEIN o el SOS ID correctos deben figurar en la solicitud*.

Los certificados de cumplimiento se emiten si el Departamento verifica que una entidad ha presentado todas las declaraciones exigidas y ha pagado los impuestos que aparecen como exigibles en dichas declaraciones.

Si una entidad no ha presentado todas las declaraciones exigidas y no ha pagado los impuestos que aparecen como exigibles en dichas declaraciones, el certificado será denegado.

Las entidades excluidas que solicitan un Certificado de Cumplimiento deben proporcionar la información de su propietario (nombre, FEIN) para que el Departamento pueda verificar que se han cumplido los requisitos de declaración de impuestos sobre la renta para la entidad excluida, ya que los ingresos de la entidad excluida se declaran en la declaración de su propietario a efectos del impuesto sobre la renta. El hecho de no proporcionar la información del propietario para una solicitud de Certificado de Cumplimiento realizada para una entidad no considerada es la razón número uno por la que se deniega erróneamente una solicitud de Certificado de Cumplimiento.

Se puede acceder a los formularios y a la información necesaria a través de uno de los siguientes sitios web proporcionados por la Oficina del Secretario de Estado o Atlas Alabama.

https://www.sos.alabama.gov/ Main page for Office of the Secretary of State

https://www.sos.alabama.gov/business-entities Business Entities main page

https://www.sos.alabama.gov/business-entities/business-downloads Business downloads/ forms

https://atlasalabama.gov/ - Atlas Alabama

Todas las tasas asociadas a las entidades comerciales de la Oficina del Secretario de Estado se pueden encontrar en la siguiente página web:

Tasas de las entidades comerciales

https://www.sos.alabama.gov/sites/default/files/2020-12/2021FeeSchedule.pdf

A continuación se describen los pasos para las retiradas y disoluciones:

Disoluciones - Entidades domésticas

Rellene el formulario de disolución según el tipo de entidad.
https://www.alabamainteractive.org/sos/welcome.action
Siga las instrucciones del formulario correspondiente al tipo de entidad que está disolviendo.
ARTÍCULOS DE DISOLUCIÓN DE LA CORPORACIÓN DE NEGOCIOS DOMÉSTICOS
https://www.sos.alabama.gov/sites/default/files/2020-12/DomesticBusinessCorporationDissolution.pdf

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (LLC) ARTÍCULOS DE DISOLUCIÓN
https://www.sos.alabama.gov/sites/default/files/2020-12/DomesticLLCDissolution.pdf

DECLARACIÓN DE DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD LIMITADA NACIONAL (LP)
https://www.sos.alabama.gov/sites/default/files/2020-12/DomesticLPDissolution.pdf
Retiradas - Entidades extranjeras

Completar una Solicitud de Certificado de Cumplimiento del ADOR. https://www.alabamainteractive.org/ador_tax_compliance/welcome.action
Proporcionar las declaraciones y los pagos que faltan según lo determinado por el personal del ADOR, si se encuentra que no está en cumplimiento con el ADOR.
Recibir el Certificado de Cumplimiento del ADOR.
Completar el Formulario de Certificado de Retirada https://www.alabamainteractive.org/sos/welcome.action
Envíe dos (2) Certificados de Retiro firmados con el Certificado de Cumplimiento (del ADOR) y la cuota de presentación a la dirección del Secretario de Estado que figura en el formulario.
El certificado de cumplimiento no puede tener más de 6 meses de antigüedad para ser aceptado por el SOS.

Oficina del Juez de Primera Instancia - Página de contacto de las oficinas del condado - https://www.sos.alabama.gov/city-county-lookup/probate-judges

Para los años anteriores al 1 de enero de 2024, toda corporación, entidad de responsabilidad limitada y entidad no considerada que realice negocios en Alabama o esté organizada, incorporada, calificada o registrada conforme a las leyes de Alabama debe presentar una Declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas e Informe Anual de Alabama. El Impuesto sobre Privilegios Empresariales sigue siendo exigible cada año registrado hasta que la entidad sea legalmente disuelta/retirada a través de la Secretaría de Estado de Alabama, independientemente de si dicha entidad está o no haciendo negocios activamente en Alabama.

Para los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 1 de enero de 2024, toda sociedad anónima, entidad de responsabilidad limitada y entidad no considerada con actividad empresarial en Alabama u organizada, constituida, calificada o registrada conforme a las leyes de Alabama que, de lo contrario, estaría sujeta al impuesto mínimo adeudado, estará exenta del impuesto sobre privilegios.

Las corporaciones C, los grupos de instituciones financieras, las compañías de seguros, los REIT y los fideicomisos comerciales deben presentar el Formulario CPT de Alabama. Las entidades de responsabilidad limitada gravadas como sociedades a efectos del impuesto sobre la renta federal también deben presentar el formulario CPT de Alabama.

Las sociedades de tipo S, las entidades de responsabilidad limitada y las entidades no consideradas deben presentar el formulario PPT de Alabama.
Entidad de responsabilidad limitada se define en la Sección 40-14A-1, Código de Alabama 1975, como: Cualquier entidad, que no sea una sociedad anónima, organizada conforme a las leyes de esta jurisdicción o de cualquier otra jurisdicción a través de la cual se puedan realizar negocios al tiempo que se ofrece responsabilidad limitada a los propietarios de la entidad con respecto a algunas o todas las obligaciones de la entidad y que esté sujeta a impuestos conforme al subcapítulo K del Código, incluidas, entre otras, las sociedades de responsabilidad limitada, las sociedades de responsabilidad limitada registradas y las sociedades en comandita simple.

Corporación se define en la Sección 40-14A-1, Código de Alabama de 1975, como: Cualquier entidad, incluida una sociedad de responsabilidad limitada que opte por tributar como sociedad anónima a efectos del impuesto federal sobre la renta, a través de la cual se puedan realizar negocios al tiempo que se ofrece una responsabilidad limitada a los propietarios de la entidad con respecto a algunas o todas las obligaciones de la entidad, distinta de una entidad de responsabilidad limitada o una entidad no considerada.

"Corporación S" se define en la Sección 40-14A-1, Código de Alabama de 1975, como: Una corporación S definida en la Sección 40-18-160.

La base imponible federal que debe utilizarse en el caso de las sociedades anónimas y de las entidades de responsabilidad limitada es el importe total de los ingresos transferidos a los accionistas, miembros o socios. 810-2-8-.01(1)(b) y 810-2-8-.01(1)(c)

Subdivisiones políticas del Estado
Corporaciones gubernamentales
Agencias gubernamentales
Organizaciones descritas en la Sección 501(a) del Código de Impuestos Internos
Cofre comunitario
Cualquier entidad organizada y operada exclusivamente con fines religiosos
Asociaciones de propietarios de viviendas
Partidos políticos
Comités de acción política
Comités de campaña política
Cooperativa agrícola
Véase la sección 40-14A-43 del Código de Alabama de 1975.

Una entidad de responsabilidad limitada es cualquier entidad, que no sea una corporación, a través de la cual se pueden llevar a cabo negocios mientras se ofrece una responsabilidad limitada a los propietarios de la entidad con respecto a algunas o todas las obligaciones de la entidad y que está sujeta a impuestos bajo el Subcapítulo K del Código de Rentas Internas de 1986. Las entidades de responsabilidad limitada incluyen, entre otras, las sociedades de responsabilidad limitada, las sociedades de responsabilidad limitada, las sociedades de responsabilidad limitada registradas y las sociedades limitadas.

A excepción de la declaración de Privilegio Empresarial para Grupos de Instituciones Financieras, la fecha de vencimiento de la declaración de Privilegio Empresarial corresponde a la fecha de vencimiento de la declaración federal correspondiente.

Para las corporaciones C con un año calendario o un año fiscal distinto al 30 de junio, la declaración del impuesto sobre privilegios comerciales de Alabama vence a más tardar tres meses y medio después del comienzo del año gravable del contribuyente. El Formulario CPT del año gravable 2021 vencería el 15 de abril de 2021, para una corporación C con año calendario.

Para las corporaciones C con un año fiscal del 30 de junio, la declaración del impuesto sobre privilegios comerciales de Alabama debe presentarse a más tardar dos meses y medio después del comienzo del año fiscal del contribuyente. El Formulario CPT del año gravable 2021 vencería el 15 de septiembre de 2021, para las corporaciones C con un año fiscal del 30 de junio.

Para las entidades de responsabilidad limitada, la declaración del impuesto sobre privilegios comerciales de Alabama debe presentarse a más tardar dos meses y medio después del comienzo del año fiscal del contribuyente. El Formulario PPT del año gravable 2021 vencería el 15 de marzo de 2021, para una entidad de responsabilidad limitada de año calendario.

La fecha de vencimiento de la declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas para Grupos de Instituciones Financieras se corresponde con la fecha de vencimiento de la declaración del Impuesto Especial sobre Instituciones Financieras de Alabama.

 

Los registros del Departamento de Hacienda de Alabama indican que no se ha recibido la declaración requerida ni el pago del impuesto adeudado. Las entidades comerciales están obligadas a pagar el impuesto sobre privilegios comerciales de Alabama por cada año fiscal durante el cual la entidad tenga existencia legal, independientemente del nivel de actividad comercial. Con ciertas excepciones, el impuesto mínimo sobre el privilegio comercial es de 100 dólares, y el impuesto máximo sobre el privilegio comercial es de 15.000 dólares. Una entidad comercial que existe legalmente, pero que está inactiva en sus operaciones comerciales, está sujeta a los requisitos de presentación y pago del impuesto sobre privilegios comerciales de Alabama hasta que la entidad se disuelva o se retire legalmente.

Si no realiza ningún pago, envíe su declaración por correo a

Departamento de Ingresos de Alabama
Sección de Impuestos de Privilegios Comerciales
Apartado de correos 327431
Montgomery, AL 36132-7431

Si realiza un pago, envíe su declaración, el formulario BPT-V y el pago a

Departamento de Ingresos de Alabama
Sección de impuestos sobre privilegios comerciales
P.O. Box 327320
Montgomery, AL 36132-7320

Si tiene preguntas o necesita proporcionar información a la Sección del Impuesto sobre Actividades Económicas en relación con una declaración en mora, puede enviar respuestas electrónicas, con explicaciones y anexos, a: businessprivilege.tax@revenue.alabama.gov

El Impuesto sobre el Privilegio Comercial de Alabama se cobra por el privilegio de estar constituido bajo las leyes de Alabama o hacer negocios en Alabama (si está constituido bajo las leyes de otro estado o país). Véase el artículo 40-14A-22 del Código de Alabama de 1975.

Con la excepción de las instituciones financieras, el Departamento de Ingresos está ahora siguiendo las fechas de presentación y prórroga del IRS para los contribuyentes que presentan el formulario / año fiscal 2021 declaración CPT o PPT. La prórroga de seis meses para la presentación de la declaración del Impuesto sobre los Privilegios Comerciales se concederá automáticamente. Para las instituciones financieras, el Departamento seguirá las fechas de presentación y prórroga de la declaración del Impuesto al Consumo de las Instituciones Financieras de Alabama. Se concederá una prórroga automática para la presentación por el período correspondiente y el tiempo solicitado, si se concede, para la declaración del Impuesto sobre el Consumo de las Instituciones Financieras. Para todos los contribuyentes, el importe del impuesto adeudado debe pagarse en la fecha de vencimiento o antes, sin prórroga. No hay prórroga para presentar el formulario BPT-IN. El formulario BPT-IN debe presentarse en un plazo de dos meses y medio después de que la entidad se constituya, se organice, se habilite o comience a ejercer su actividad en el Estado. El formulario BPT-V debe acompañar a todos los pagos del impuesto sobre privilegios comerciales, a menos que los pagos se realicen por vía electrónica.

La declaración inicial del impuesto sobre los privilegios comerciales es la primera declaración que debe presentarse después de que el contribuyente se constituya o comience a hacer negocios en Alabama. La declaración inicial del impuesto sobre los privilegios comerciales debe presentarse dos meses y medio después de que el contribuyente se haya constituido u organizado (si es un contribuyente de Alabama), o dos meses y medio después de que el contribuyente se haya habilitado ante el Secretario de Estado de Alabama para hacer negocios en Alabama (si se ha constituido u organizado en otro estado o país). Artículo 40-14A-29, Código de Alabama de 1975. Para los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 1 de enero de 2008, se utiliza el formulario BPT-IN para presentar una declaración inicial del impuesto sobre privilegios comerciales. Para los años anteriores al 1 de enero de 2008, se utiliza el formulario BPT-IN de Alabama, Alabama Business Privilege Tax Initial Privilege Tax Computation Schedule, para presentar un impuesto inicial sobre privilegios comerciales. Consulte las instrucciones para obtener más información.

Sí, como sigue:

Una copia de las páginas 1 a 5 de la declaración de la renta federal.
Las compañías de seguros deben adjuntar las páginas 1 a 8 de la declaración federal, además de una copia del balance.
En el caso de los contribuyentes que ejercen su actividad en Alabama y fuera del Estado de Alabama, una copia de la tabla de prorrateo de Alabama (para el formulario 20C, el formulario 20S, el formulario 65 y el formulario ET-1).
Documentación que respalde exhaustivamente cualquier exclusión o deducción reclamada en el cálculo del patrimonio neto del contribuyente.
Una copia del balance utilizado para calcular el patrimonio neto del contribuyente, si no se ha proporcionado con la copia de la declaración de impuestos federal.
Si no se incluye la declaración federal, se requiere un balance y una declaración de ingresos.

Prepare y presente el formulario CPT o PPT correspondiente. Marque la casilla correspondiente en la primera página del formulario para indicar que se trata de una declaración enmendada. Adjunte una explicación exhaustiva para la presentación de la declaración enmendada y adjunte el cálculo del impuesto adicional adeudado o de la devolución que le corresponde al contribuyente.

Para poder pagar el impuesto sobre privilegios comerciales de Alabama mediante EFT, el contribuyente debe ser primero un contribuyente registrado en EFT. La información sobre el registro está disponible en la página de ADOR para hacer un pago.

Una Entidad Familiar de Responsabilidad Limitada se define en la Sección 40-14A-1, Código de Alabama 1975. Si se cumplen ciertos requisitos, una entidad familiar de responsabilidad limitada elegida podrá beneficiarse de un impuesto sobre el privilegio comercial de Alabama de un máximo de 500 dólares.

Para ello, la LLE debe ser propiedad en más de un 80%, directa o indirectamente, de un individuo y de los miembros de su familia (véase 40-14A-1(h)(4), Código de Alabama de 1975, para las normas de atribución que deben seguirse para determinar la propiedad).

La LLE debe tener más del 90% de sus ingresos brutos procedentes de intereses, dividendos, alquileres y otros ingresos pasivos. Al menos el 90% de la base ajustada de los activos propiedad de la LLE debe consistir en efectivo, acciones, valores, madera, rentas vitalicias y otros activos de tipo "no empresarial". Consulte el artículo 40-14A-1 del Código de Alabama de 1975 para obtener una explicación más detallada de los requisitos de propiedad, ingresos y activos de la entidad familiar de responsabilidad limitada.

Una LLE que reúna los requisitos debe elegir ser tratada como una entidad familiar de responsabilidad limitada completando el Anexo BPT-E, Formulario de Elección de Entidad Familiar de Responsabilidad Limitada, y adjuntando el Anexo completado al Formulario PPT de Alabama que se presenta para la LLE. En la página 1, línea 17, debe marcarse para indicar que el formulario de elección se adjunta al Formulario PPT. Las sociedades de responsabilidad limitada de un solo miembro que son tratadas como una entidad no considerada a efectos del impuesto sobre la renta federal no reúnen los requisitos para ser una entidad familiar de responsabilidad limitada, de acuerdo con el artículo 40-14A-1(h) del Código de Alabama de 1975.