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¿Qué contribuyentes deben presentar la declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas de Alabama?

De acuerdo con la ley del impuesto sobre el privilegio comercial de Alabama, toda corporación, entidad de responsabilidad limitada y entidad no considerada que haga negocios en Alabama o que esté organizada, incorporada, calificada o registrada bajo las leyes de Alabama está obligada a presentar una declaración del impuesto sobre el privilegio comercial de Alabama y un informe anual. El Impuesto sobre el Privilegio Comercial se debe pagar cada año registrado hasta que la entidad sea legalmente disuelta/retirada a través de la Secretaría de Estado de Alabama, independientemente de que dicha entidad esté o no haciendo negocios activamente en Alabama.

Las corporaciones C, los grupos de instituciones financieras, las compañías de seguros, los REIT y los fideicomisos comerciales deben presentar el formulario CPT de Alabama. Las entidades de responsabilidad limitada que tributan como corporaciones a efectos del impuesto sobre la renta federal también deben presentar el formulario CPT de Alabama.
Las corporaciones S, las entidades de responsabilidad limitada y las entidades no consideradas deben presentar el formulario PPT de Alabama.
La entidad de responsabilidad limitada se define en la Sección 40-14A-1, Código de Alabama de 1975, como: Cualquier entidad, que no sea una corporación, organizada bajo las leyes de esta o cualquier otra jurisdicción a través de la cual se puedan llevar a cabo negocios mientras se ofrece una responsabilidad limitada a los propietarios de la entidad con respecto a algunas o todas las obligaciones de la entidad y que esté sujeta a impuestos bajo el subcapítulo K del Código, incluyendo, sin limitación, compañías de responsabilidad limitada, sociedades de responsabilidad limitada registradas y sociedades limitadas.
Corporación se define en la Sección 40-14A-1, Código de Alabama de 1975, como: Cualquier entidad, incluida una sociedad de responsabilidad limitada que opte por tributar como una corporación a efectos del impuesto sobre la renta federal, a través de la cual se puedan llevar a cabo negocios al tiempo que se ofrece una responsabilidad limitada a los propietarios de la entidad con respecto a algunas o todas las obligaciones de la misma, que no sea una entidad de responsabilidad limitada o una entidad no considerada.
"Corporación S" se define en la Sección 40-14A-1, Código de Alabama de 1975, como: Una corporación S definida en la sección 40-18-160

Para los años anteriores al 1 de enero de 2024, toda corporación, entidad de responsabilidad limitada y entidad no considerada que realice negocios en Alabama o esté organizada, incorporada, calificada o registrada conforme a las leyes de Alabama debe presentar una Declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas e Informe Anual de Alabama. El Impuesto sobre Privilegios Empresariales sigue siendo exigible cada año registrado hasta que la entidad sea legalmente disuelta/retirada a través de la Secretaría de Estado de Alabama, independientemente de si dicha entidad está o no haciendo negocios activamente en Alabama.

Para los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 1 de enero de 2024, toda sociedad anónima, entidad de responsabilidad limitada y entidad no considerada con actividad empresarial en Alabama u organizada, constituida, calificada o registrada conforme a las leyes de Alabama que, de lo contrario, estaría sujeta al impuesto mínimo adeudado, estará exenta del impuesto sobre privilegios.

Las corporaciones C, los grupos de instituciones financieras, las compañías de seguros, los REIT y los fideicomisos comerciales deben presentar el Formulario CPT de Alabama. Las entidades de responsabilidad limitada gravadas como sociedades a efectos del impuesto sobre la renta federal también deben presentar el formulario CPT de Alabama.

Las sociedades de tipo S, las entidades de responsabilidad limitada y las entidades no consideradas deben presentar el formulario PPT de Alabama.
Entidad de responsabilidad limitada se define en la Sección 40-14A-1, Código de Alabama 1975, como: Cualquier entidad, que no sea una sociedad anónima, organizada conforme a las leyes de esta jurisdicción o de cualquier otra jurisdicción a través de la cual se puedan realizar negocios al tiempo que se ofrece responsabilidad limitada a los propietarios de la entidad con respecto a algunas o todas las obligaciones de la entidad y que esté sujeta a impuestos conforme al subcapítulo K del Código, incluidas, entre otras, las sociedades de responsabilidad limitada, las sociedades de responsabilidad limitada registradas y las sociedades en comandita simple.

Corporación se define en la Sección 40-14A-1, Código de Alabama de 1975, como: Cualquier entidad, incluida una sociedad de responsabilidad limitada que opte por tributar como sociedad anónima a efectos del impuesto federal sobre la renta, a través de la cual se puedan realizar negocios al tiempo que se ofrece una responsabilidad limitada a los propietarios de la entidad con respecto a algunas o todas las obligaciones de la entidad, distinta de una entidad de responsabilidad limitada o una entidad no considerada.

"Corporación S" se define en la Sección 40-14A-1, Código de Alabama de 1975, como: Una corporación S definida en la Sección 40-18-160.

Preguntas frecuentes relacionadas con el Impuesto sobre Actividades Económicas

Si ha recibido un aviso de morosidad del impuesto sobre privilegios comerciales del Departamento de Ingresos de Alabama, y no ha presentado la declaración requerida o realizado el pago requerido, por favor, hágalo en este momento para evitar más intereses y multas. Las declaraciones de BPT se pueden presentar en MAT (My Alabama Taxes). Vea "¿Cómo me registro en MAT?" si no tiene una cuenta en MAT. Los formularios en papel se pueden obtener haciendo clic en la página de formularios de ADOR. Vea "¿Cómo encuentro los formularios del Impuesto a los Privilegios Comerciales en el sitio web?" para obtener instrucciones paso a paso de cómo obtener los formularios. Si no está seguro de si una declaración fue requerida o presentada, por favor envíe una copia del aviso de morosidad a su profesional de impuestos.

Si cree que ha recibido el aviso de morosidad por error y ha presentado la declaración requerida, proporcione una copia de la declaración y el comprobante de pago después de consultar con su profesional de impuestos. Adjunte copias de la declaración y el comprobante de pago a una copia del aviso de morosidad del impuesto sobre los privilegios comerciales y envíelo por correo electrónico a businessprivilege.tax@revenue.alabama.gov o envíe la respuesta por correo postal a:

Departamento de Ingresos de Alabama
Administración del Impuesto sobre la Renta
Sección de Impuestos a los Privilegios Comerciales - Respuesta al Aviso de Morosidad
Apartado de correos 327900
Montgomery, AL 36132-7900

Los contribuyentes deben recibir una carta (Online Filing Info) para inscribirse en el MAT. Normalmente, después de haber registrado su negocio en la Secretaría de Estado, los contribuyentes recibirán su carta en un plazo de 4 a 6 semanas del Departamento de Hacienda de Alabama. Una vez recibida esta carta, los contribuyentes tienen que visitar nuestra página web https://myalabamataxes.alabama.gov/_/#1. En la parte izquierda de la pantalla verá el nombre de usuario, la contraseña y el inicio de sesión. Debajo de eso verá "Olvidé mi contraseña", "Olvidé mi nombre de usuario" y "¿No tiene acceso? REGÍSTRESE AQUÍ. Los contribuyentes deben hacer clic en registrarse aquí. Seleccione: Impuesto sobre Actividades Económicas. A continuación, el contribuyente tendrá que proporcionar el número de cuenta, el ID de inicio de sesión y el código de acceso. Esta información se encuentra en la carta (Online Filing Info).

¿Por dónde empiezo?
Haga clic en el enlace "Inicio" para ir a la página de resumen que ve cuando se registra por primera vez.
Para editar una dirección a nivel de cliente:
Haga clic en la pestaña Nombres y direcciones del trampolín de clientes.
Busque los Nombres y Direcciones de Clientes
Para editar una dirección a nivel de cuenta:
Vaya a la pestaña Cuentas y haga clic en la cuenta correspondiente (por ejemplo, Impuesto sobre Actividades Económicas).
Haga clic en la pestaña Nombres y direcciones del trampolín de cuentas.
Encuentre los Nombres y Direcciones de la cuenta
¿Qué debo hacer?
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Editar una dirección
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Por teléfono

Grupo de Asistencia al Contribuyente (TAG): Para realizar un pago con tarjeta de crédito por teléfono, póngase en contacto con el Grupo de Asistencia al Contribuyente del Departamento de Hacienda de Alabama llamando al 334-353-8096.

Por correo

Puede enviarse por correo un cheque o giro postal si el importe adeudado es inferior a 750 $. Adjunte el comprobante del formulario BPT-V y el pago. Enviar por correo a:

Departamento de Ingresos de Alabama
Sección de impuestos sobre privilegios comerciales
P.O. Box 327320
Montgomery, AL 36132-7320