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¿Cómo puedo obtener un Certificado de Conformidad del Departamento de Hacienda de Alabama?

Dónde solicitarlo-

revenue.alabama.gov
Haga clic en Empresas (a lo largo de la parte superior izquierda en azul oscuro)
Certificado de Conformidad (última opción en la primera columna, abajo a la izquierda)
Solicite un Certificado de Cumplimiento (enlace dentro del párrafo)
Por favor, lea: Información importante sobre el Certificado de Cumplimiento y Notas Especiales (en rojo)
Solicitar un único certificado de conformidad
La tarifa es de 10 dólares (con un cargo adicional de 4 dólares por servicio)
Opciones de pago: American Express, Discover, Master Card o Visa

*A veces el contribuyente puede no conocer el número de identificación de 6 dígitos de la Secretaría de Estado. Puede introducir todos los nueves en ese campo, pero debe estar en el formato correcto, 999-999. Además, si no tiene un número FEIN, puede hacer lo mismo, pero debe estar en el formato correcto, 99-9999999. Con el fin de garantizar la exactitud en la verificación de la entidad para el cumplimiento, no se recomienda hacer una solicitud sin los números de identificación adecuados para la entidad. El FEIN o el SOS ID correctos deben figurar en la solicitud*.

Los certificados de cumplimiento se emiten si el Departamento verifica que una entidad ha presentado todas las declaraciones exigidas y ha pagado los impuestos que aparecen como exigibles en dichas declaraciones.

Si una entidad no ha presentado todas las declaraciones exigidas y no ha pagado los impuestos que aparecen como exigibles en dichas declaraciones, el certificado será denegado.

Las entidades excluidas que solicitan un Certificado de Cumplimiento deben proporcionar la información de su propietario (nombre, FEIN) para que el Departamento pueda verificar que se han cumplido los requisitos de presentación del impuesto sobre la renta para la entidad excluida, ya que los ingresos de la entidad excluida se declaran en la declaración de su propietario a efectos del impuesto sobre la renta. El hecho de no proporcionar la información del propietario para una solicitud de Certificado de Cumplimiento realizada para una entidad no considerada es la razón número uno por la que se deniega erróneamente una solicitud de Certificado de Cumplimiento.

Dónde solicitarlo-

revenue.alabama.gov
Haga clic en Empresas (a lo largo de la parte superior izquierda en azul oscuro)
Certificado de Conformidad (última opción en la primera columna, abajo a la izquierda)
Solicite un Certificado de Cumplimiento (enlace dentro del párrafo)
Por favor, lea: Información importante sobre el Certificado de Cumplimiento y Notas Especiales (en rojo)
Solicitar un único certificado de conformidad
La tarifa es de 10 dólares (con un cargo adicional de 4 dólares por servicio)
Opciones de pago: American Express, Discover, Master Card o Visa

*A veces el contribuyente puede no conocer el número de identificación de 6 dígitos de la Secretaría de Estado. Puede introducir todos los nueves en ese campo, pero debe estar en el formato correcto, 999-999. Además, si no tiene un número FEIN, puede hacer lo mismo, pero debe estar en el formato correcto, 99-9999999. Con el fin de garantizar la exactitud en la verificación de la entidad para el cumplimiento, no se recomienda hacer una solicitud sin los números de identificación adecuados para la entidad. El FEIN o el SOS ID correctos deben figurar en la solicitud*.

Los certificados de cumplimiento se emiten si el Departamento verifica que una entidad ha presentado todas las declaraciones exigidas y ha pagado los impuestos que aparecen como exigibles en dichas declaraciones.

Si una entidad no ha presentado todas las declaraciones exigidas y no ha pagado los impuestos que aparecen como exigibles en dichas declaraciones, el certificado será denegado.

Las entidades excluidas que solicitan un Certificado de Cumplimiento deben proporcionar la información de su propietario (nombre, FEIN) para que el Departamento pueda verificar que se han cumplido los requisitos de declaración de impuestos sobre la renta para la entidad excluida, ya que los ingresos de la entidad excluida se declaran en la declaración de su propietario a efectos del impuesto sobre la renta. El hecho de no proporcionar la información del propietario para una solicitud de Certificado de Cumplimiento realizada para una entidad no considerada es la razón número uno por la que se deniega erróneamente una solicitud de Certificado de Cumplimiento.

Preguntas frecuentes relacionadas con el Impuesto sobre Actividades Económicas

A continuación se describen los pasos para las retiradas y disoluciones:

Disoluciones - Entidades domésticas

Rellene el formulario de disolución según el tipo de entidad.
https://www.alabamainteractive.org/sos/welcome.action
Siga las instrucciones del formulario correspondiente al tipo de entidad que está disolviendo.
ARTÍCULOS DE DISOLUCIÓN DE LA CORPORACIÓN DE NEGOCIOS DOMÉSTICOS
https://www.sos.alabama.gov/sites/default/files/2020-12/DomesticBusinessCorporationDissolution.pdf

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (LLC) ARTÍCULOS DE DISOLUCIÓN
https://www.sos.alabama.gov/sites/default/files/2020-12/DomesticLLCDissolution.pdf

DECLARACIÓN DE DISOLUCIÓN DE LA SOCIEDAD LIMITADA NACIONAL (LP)
https://www.sos.alabama.gov/sites/default/files/2020-12/DomesticLPDissolution.pdf
Retiradas - Entidades extranjeras

Completar una Solicitud de Certificado de Cumplimiento del ADOR. https://www.alabamainteractive.org/ador_tax_compliance/welcome.action
Proporcionar las declaraciones y los pagos que faltan según lo determinado por el personal del ADOR, si se encuentra que no está en cumplimiento con el ADOR.
Recibir el Certificado de Cumplimiento del ADOR.
Completar el Formulario de Certificado de Retirada https://www.alabamainteractive.org/sos/welcome.action
Envíe dos (2) Certificados de Retiro firmados con el Certificado de Cumplimiento (del ADOR) y la cuota de presentación a la dirección del Secretario de Estado que figura en el formulario.
El certificado de cumplimiento no puede tener más de 6 meses de antigüedad para ser aceptado por el SOS.

Oficina del Juez de Primera Instancia - Página de contacto de las oficinas del condado - https://www.sos.alabama.gov/city-county-lookup/probate-judges

Si ha recibido un aviso de morosidad del impuesto sobre privilegios comerciales del Departamento de Ingresos de Alabama, y no ha presentado la declaración requerida o realizado el pago requerido, por favor, hágalo en este momento para evitar más intereses y multas. Las declaraciones de BPT se pueden presentar en MAT (My Alabama Taxes). Vea "¿Cómo me registro en MAT?" si no tiene una cuenta en MAT. Los formularios en papel se pueden obtener haciendo clic en la página de formularios de ADOR. Vea "¿Cómo encuentro los formularios del Impuesto a los Privilegios Comerciales en el sitio web?" para obtener instrucciones paso a paso de cómo obtener los formularios. Si no está seguro de si una declaración fue requerida o presentada, por favor envíe una copia del aviso de morosidad a su profesional de impuestos.

Si cree que ha recibido el aviso de morosidad por error y ha presentado la declaración requerida, proporcione una copia de la declaración y el comprobante de pago después de consultar con su profesional de impuestos. Adjunte copias de la declaración y el comprobante de pago a una copia del aviso de morosidad del impuesto sobre los privilegios comerciales y envíelo por correo electrónico a businessprivilege.tax@revenue.alabama.gov o envíe la respuesta por correo postal a:

Departamento de Ingresos de Alabama
Administración del Impuesto sobre la Renta
Sección de Impuestos a los Privilegios Comerciales - Respuesta al Aviso de Morosidad
Apartado de correos 327900
Montgomery, AL 36132-7900

Los contribuyentes deben recibir una carta (Online Filing Info) para inscribirse en el MAT. Normalmente, después de haber registrado su negocio en la Secretaría de Estado, los contribuyentes recibirán su carta en un plazo de 4 a 6 semanas del Departamento de Hacienda de Alabama. Una vez recibida esta carta, los contribuyentes tienen que visitar nuestra página web https://myalabamataxes.alabama.gov/_/#1. En la parte izquierda de la pantalla verá el nombre de usuario, la contraseña y el inicio de sesión. Debajo de eso verá "Olvidé mi contraseña", "Olvidé mi nombre de usuario" y "¿No tiene acceso? REGÍSTRESE AQUÍ. Los contribuyentes deben hacer clic en registrarse aquí. Seleccione: Impuesto sobre Actividades Económicas. A continuación, el contribuyente tendrá que proporcionar el número de cuenta, el ID de inicio de sesión y el código de acceso. Esta información se encuentra en la carta (Online Filing Info).

¿Por dónde empiezo?
Haga clic en el enlace "Inicio" para ir a la página de resumen que ve cuando se registra por primera vez.
Para editar una dirección a nivel de cliente:
Haga clic en la pestaña Nombres y direcciones del trampolín de clientes.
Busque los Nombres y Direcciones de Clientes
Para editar una dirección a nivel de cuenta:
Vaya a la pestaña Cuentas y haga clic en la cuenta correspondiente (por ejemplo, Impuesto sobre Actividades Económicas).
Haga clic en la pestaña Nombres y direcciones del trampolín de cuentas.
Encuentre los Nombres y Direcciones de la cuenta
¿Qué debo hacer?
Ver una dirección
Haga clic en una dirección para verla.
Editar una dirección
Haga clic en el botón Editar
Actualizar los campos de la dirección.
Haga clic en el enlace Verificar dirección para comprobar que se trata de una dirección válida. Este paso es obligatorio
Haga clic en el enlace Seleccionar junto a la dirección verificada (si procede).
Cuando haya terminado, haga clic en el botón Enviar para enviar la solicitud.
Aparecerá un mensaje de confirmación. Haga clic en el botón Imprimir confirmación para imprimir la página, o haga clic en Aceptar para continuar.