El artículo 40-18-31.2 del Código de Alabama establece el criterio de presencia de factores para la actividad empresarial en el estado a fin de determinar el nexo de unión para el impuesto sobre la renta de las empresas, el impuesto sobre los privilegios de las empresas y el impuesto especial de las instituciones financieras. La sección estipula que los importes de los umbrales pueden ajustarse periódicamente en función del índice de precios al consumo.
Se considera que una institución financiera tiene un "nexo sustancial" para el periodo fiscal en el que supera los siguientes umbrales para Alabama:
Para los ejercicios fiscales del 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2018:
50.000 dólares de propiedad,
50.000 dólares de nómina,
500.000 dólares de ventas, o
25% de la propiedad total, la nómina total o las ventas totales.
Para los ejercicios fiscales que comiencen a partir del 1 de enero de 2019:
54.000 dólares de propiedad,
54.000 dólares de nómina,
538.000 dólares de ventas, o
25% de la propiedad total, la nómina total o las ventas totales.
Las instituciones financieras organizadas en Alabama o domiciliadas comercialmente en este estado tienen un nexo sustancial en Alabama.