Sí, Alabama permite a las personas físicas residentes solicitar un crédito fiscal por los impuestos sobre la renta aplicados por otros estados. Este crédito se solicita en el Formulario 40, Anexo CR. Se debe incluir una copia de la declaración del otro estado y una copia del Anexo K-1 del estado como documentación de este crédito.
Si la persona física no presenta declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas en el otro Estado o éste prevé una exclusión de los ingresos, incluya una declaración proforma en la que se calcule el impuesto al tipo del otro Estado y una copia del Anexo K-1 estatal como documentación de este crédito.
Nota: Cualquier impuesto de la entidad canalizadora deducido en la declaración federal de la entidad canalizadora, que reduce la renta imponible declarada en el K-1 del propietario, debe añadirse de nuevo para calcular la renta imponible de Alabama.