Una vez obtenida la licencia de concesionario, el concesionario deberá acudir a la oficina de licencias del condado para adquirir la(s) licencia(s) de privilegio correspondiente(s) (artículos 40-12-51, 40-12-62 o 40-12-169). Las placas de concesionario serán emitidas por el Departamento de Ingresos, siempre que se acredite la obtención de las licencias de privilegio correspondientes. Las placas de concesionario pueden solicitarse en el portal de licencias de vehículos de motor Los fabricantes deben presentar su licencia de la sección 87 para adquirir las placas de fabricante.