El concesionario con licencia debe solicitar una licencia para eventos de venta fuera de las instalaciones al menos 10 días naturales antes de realizar la venta fuera de las instalaciones. La tasa de solicitud es de 25 dólares.
Los eventos de venta fuera de las instalaciones no podrán exceder de 3 por año de licencia del concesionario y cada venta no podrá exceder de 10 días naturales consecutivos de duración.
Deberá colocarse un cartel temporal en el lugar donde se realice la venta fuera del establecimiento.
El facilitador de una venta fuera del establecimiento deberá obtener una licencia maestra de venta fuera del establecimiento. El facilitador deberá verificar la licencia de venta fuera del establecimiento de los distribuidores participantes. El facilitador deberá indicar en la solicitud el número de licencia de venta fuera del establecimiento de cada concesionario participante. Si el concesionario y el facilitador son la misma entidad, sólo se requiere la licencia maestra de venta fuera del establecimiento.
(Sección 40-12-395, Código de Alabama de 1975)