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¿A quién debo dirigirme en relación con la compensación?

Si tiene preguntas sobre el Programa de Compensación del Tesoro (TOP) o sobre la notificación que ha recibido de la Oficina del Servicio Fiscal-Gestión de la Deuda, póngase en contacto con el Centro de Llamadas del Programa de Compensación del Tesoro de los Estados Unidos (TOP) llamando al 1-800-304-3107. Muchas agencias estatales y federales compensan las deudas a través de TOP. La notificación que recibió del Departamento de la Oficina del Servicio Fiscal-Gestión de Deudas indicará el nombre de la agencia estatal (o agencias) que solicitó la compensación de su reembolso del impuesto federal sobre la renta, junto con la información de contacto de dichas agencias. Se envía una carta por cada compensación.

Si tiene preguntas sobre el Programa de Compensación del Tesoro (TOP) o sobre la notificación que ha recibido de la Oficina del Servicio Fiscal-Gestión de la Deuda, póngase en contacto con el Centro de Llamadas del Programa de Compensación del Tesoro de los Estados Unidos (TOP) llamando al 1-800-304-3107. Muchos organismos estatales y federales compensan las deudas a través de TOP. La notificación que recibió del Departamento de la Oficina del Servicio Fiscal-Gestión de Deudas indicará el nombre de la agencia estatal (o agencias) que solicitó la compensación de su reembolso del impuesto federal sobre la renta, junto con la información de contacto de dichas agencias. Se envía una carta por cada compensación.

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El Departamento de Ingresos de Alabama no puede detener una compensación una vez que la Oficina del Servicio Fiscal del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos - Gestión de la Deuda le notifica. Le devolveremos cualquier pago en exceso una vez que se haya contabilizado en su cuenta.

Rellene el formulario 8379 del IRS, Injured Spouse Allocation, y envíelo al Servicio de Impuestos Internos (IRS) para obtener su parte del reembolso. Puede descargar el formulario en http://www.irs.gov/pub/irs-pdf/f8379.pdf . También puede llamar al IRS al 800-829-3676, o acudir a una oficina local del IRS.

Una compensación es cuando el Departamento de Ingresos de Alabama intercepta su reembolso del impuesto sobre la renta y aplica el reembolso a un saldo adeudado al Estado de Alabama. Si la cantidad total adeudada no se cobra en 180 días, el Departamento de Ingresos de Alabama puede compensar futuros pagos federales para satisfacer su deuda tributaria estatal.

El artículo 6402(e) del Código Tributario de los Estados Unidos permite compensar los reembolsos de impuestos federales para cobrar las obligaciones de impuestos estatales en mora. El 31 U.S.C. § 3720A y otras leyes autorizan al Departamento de Hacienda de Alabama a celebrar acuerdos con el Servicio de Impuestos Internos (IRS) y la Oficina del Servicio Fiscal del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos - Gestión de la Deuda para interceptar o compensar los reembolsos de impuestos federales y los pagos federales por las deudas del impuesto sobre la renta del Estado de Alabama.

Las leyes estatales y federales autorizan al Departamento de Ingresos de Alabama a celebrar acuerdos con el Servicio de Impuestos Internos (IRS) y el Departamento de la Oficina del Servicio Fiscal-Gestión de Deudas para interceptar o compensar los reembolsos de impuestos federales y los pagos federales por deudas de impuestos estatales de Alabama.