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Impuesto sobre Actividades Económicas

  • Impuesto sobre Actividades Económicas

Autoridad

Secciones 40-14A-21 a 40-14A-29, Código de Alabama de 1975.

El impuesto se calcula sobre el patrimonio neto más las adiciones, menos las exclusiones, multiplicado por el factor de prorrateo, menos las deducciones, lo que equivale al patrimonio neto imponible.

La tasa se basa en la capacidad de pago y viene determinada por los ingresos imponibles federales de la entidad prorrateados a Alabama. La tasa oscila entre 0,25 y 1,75 dólares por cada 1.000 dólares de patrimonio neto en Alabama.

Si la base imponible del contribuyente es:

  • Menos de 1 $, el tipo impositivo será de 0,25 $ por 1.000 $.
  • Al menos 1 $ pero menos de 200.000 $, el tipo impositivo será de 1,00 $ por 1.000 $.
  • Al menos 200.000 $ pero menos de 500.000 $, el tipo impositivo será de 1,25 $ por 1.000 $.
  • Al menos 500.000 $, pero menos de 2.500.000 $, el tipo impositivo será de 1,50 $ por 1.000 $.
  • Al menos 2.500.000 $, el tipo impositivo será de 1,75 $ por 1.000 $.

El impuesto mínimo sobre privilegios es de $100; más la tasa de informe anual del Secretario de Estado de $10 para corporaciones. Para el año fiscal que comienza después del 31 de diciembre de 2022, los contribuyentes que de otro modo estarían sujetos al impuesto mínimo adeudado de $100 pagarán $50 en lugar del mismo.

El impuesto máximo sobre privilegios es de 15.000 $ para todos los años posteriores a 2000, salvo que se indique lo contrario. El impuesto máximo sobre privilegios para instituciones financieras y compañías de seguros es de 3.000.000 $ por cada ejercicio fiscal.

El impuesto de privilegio máximo para una Entidad Familiar de Responsabilidad Limitada electiva es de 500 $.

Una parte del impuesto de privilegio se distribuirá a cada condado y el resto al Fondo General.