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Impuesto sobre el petróleo y el gas

  • Impuesto sobre el petróleo y el gas

Autoridad

Secciones 40-20-1 a 40-20-13, y 40-20-20 a 40-20-23, Código de Alabama de 1975.

Engaging in the business of producing or serving oil or gas within the state.

4% Privilegio

  • Pozos petrolíferos que producen 25 BBLS o menos al día.
  • Gas wells producing 200 MCF or less per day
  • Producción incremental de proyectos cualificados de recuperación mejorada y proyectos suplementarios de recuperación mejorada aprobados por la Junta Estatal de Petróleo y Gas.

6% Privilegio

  • Offshore wells, at depths of less than 8,000 feet below main sea level, producing volumes greater than 200 MCF or 25BBLs per day.
  • Onshore wells permitted on or after July 1,1988, except those qualifying for lower tax rates.

8% Privilegio

  • Impuesto sobre el resto de la producción imponible no cubierta por las disposiciones anteriores.

3.85% Privilege

  • Pozos marinos que producen a profundidades superiores a 8.000 pies por debajo del nivel medio del mar, calculados como porcentaje de los ingresos brutos.

Impuesto reducido sobre privilegios

Cualquier pozo autorizado entre el 1 de julio de 1996 y el 1 de julio de 2002, que no sea un pozo de sustitución, se beneficiará de una reducción del tipo impositivo del 50% durante cinco años a partir de la primera producción.

El gas natural inyectado legalmente en yacimientos o depósitos de petróleo o gas en el suelo, o bajo el suelo o las aguas del Estado con el fin de extraer petróleo o gas está exento de este impuesto. No obstante, si el gas inyectado se vende o se inyecta en instalaciones de almacenamiento subterráneo, dicho gas no estará exento de este impuesto. El gas natural venteado o quemado legalmente en relación con la producción, tratamiento o procesamiento de petróleo o gas está exento del impuesto.

File return and remit payment to ALDOR, Business and License Tax Division, Severance and License Section, by the 15th day of the second month following production.

En tierra:

25%-General Fund

75%-Distributed as follows:

  • 16-2/3% - Fondo General.
  • 16-2/3% - Condados donde se cortó.
  • 66-2/3% – Distributed as follows
    • 25% - Condados donde se cortó.
    • 10% - Municipios en los que se ha cortado.
    • Los primeros 150.000 dólares del remanente:
      • 50% - Fondo General del Estado.
      • 42,5% - Condados donde se cortó.
      • 7,5% - Municipios.
    • Resto:
      • 84% - Fondo General del Estado.
      • 14% - Condados donde se cortó.
      • 2% - Municipios.

En alta mar:

90% - Fondo General.

10% - Condados donde se cortó.