Sí, las principales clases de empleo exento son los servicios domésticos en domicilios particulares, los marinos mercantes, los ministros debidamente ordenados que desempeñan funciones de su ministerio y los empleados agrícolas. Aunque estos salarios están exentos de las retenciones fiscales, los salarios representan ingresos imponibles y deben ser declarados por el empleado en su declaración individual de la renta. Los empleadores deben proporcionar tanto al empleado como al Departamento una copia del formulario W2 que refleje los salarios ganados por el empleado para ese año. Para obtener más información sobre estas clases de exención, consulte la página 2 de las Tablas de Retención Fiscal e Instrucciones para los Empresarios.