Sí. A partir del año fiscal 2020, los bomberos que reúnan los requisitos necesarios podrán eximir de ingresos los siguientes pagos de prestaciones en la medida en que se incluyan en su renta bruta ajustada federal:
Pagos de prestaciones a tanto alzado a un bombero como resultado de un diagnóstico de cáncer hasta una prestación vitalicia de 50.000 dólares.
Pagos de prestaciones mensuales como resultado de una lesión o enfermedad específica de 3.000 $ al mes durante 36 meses consecutivos a un bombero de carrera o a un bombero voluntario certificado o de 1.500 $ al mes a un bombero voluntario no certificado que, por lo demás, no tiene derecho a prestaciones laborales.
Además, los bomberos pueden deducir el 100% de las primas de seguro que hayan pagado con dinero después de impuestos en la medida en que las primas no se hayan deducido de la renta bruta ajustada federal.