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¿Cómo puedo evitar que me intercepten el reembolso del impuesto federal sobre la renta para el pago de mi deuda tributaria estatal?

Antes de presentar las deudas a la Oficina del Servicio Fiscal de los Estados Unidos para su inclusión en el TOP, el Departamento de Ingresos de Alabama está obligado a notificar a cada deudor que tiene la intención de remitir la deuda para su compensación federal. Si ha recibido la notificación LOI (Letter of Intent), tiene 60 días para hacer una de las siguientes cosas:

Pague su deuda en su totalidad. En la parte inferior de cada notificación se adjunta un cupón de pago para su comodidad, o puede ir a https://myalabamataxes.alabama.gov/, hacer clic en el enlace "Pagar una factura que he recibido", para realizar un pago.
Presente un comprobante de pago. Si cree que toda o parte de esta deuda ya ha sido pagada, envíe su documentación por fax al 334-353-2282.

Antes de presentar las deudas a la Oficina del Servicio Fiscal de los Estados Unidos para su inclusión en el TOP, el Departamento de Ingresos de Alabama está obligado a notificar a cada deudor que tiene la intención de remitir la deuda para su compensación federal. Si ha recibido la notificación LOI (Letter of Intent), tiene 60 días para hacer una de las siguientes cosas:

Pague su deuda en su totalidad. En la parte inferior de cada notificación se adjunta un cupón de pago para su comodidad, o puede ir a https://myalabamataxes.alabama.gov/, hacer clic en el enlace "Pagar una factura que he recibido", para realizar un pago.
Presente un comprobante de pago. Si cree que toda o parte de esta deuda ya ha sido pagada, envíe su documentación por fax al 334-353-2282.

Preguntas relacionadas en Compensación de la devolución federal - TOP, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

El Departamento de Ingresos de Alabama no puede detener una compensación una vez que la Oficina del Servicio Fiscal del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos - Gestión de la Deuda le notifica. Le devolveremos cualquier pago en exceso una vez que se haya contabilizado en su cuenta.

Rellene el formulario 8379 del IRS, Injured Spouse Allocation, y envíelo al Servicio de Impuestos Internos (IRS) para obtener su parte del reembolso. Puede descargar el formulario en http://www.irs.gov/pub/irs-pdf/f8379.pdf . También puede llamar al IRS al 800-829-3676, o acudir a una oficina local del IRS.

Una compensación es cuando el Departamento de Ingresos de Alabama intercepta su reembolso del impuesto sobre la renta y aplica el reembolso a un saldo adeudado al Estado de Alabama. Si la cantidad total adeudada no se cobra en 180 días, el Departamento de Ingresos de Alabama puede compensar futuros pagos federales para satisfacer su deuda tributaria estatal.

El artículo 6402(e) del Código Tributario de los Estados Unidos permite compensar los reembolsos de impuestos federales para cobrar las obligaciones de impuestos estatales en mora. El 31 U.S.C. § 3720A y otras leyes autorizan al Departamento de Hacienda de Alabama a celebrar acuerdos con el Servicio de Impuestos Internos (IRS) y la Oficina del Servicio Fiscal del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos - Gestión de la Deuda para interceptar o compensar los reembolsos de impuestos federales y los pagos federales por las deudas del impuesto sobre la renta del Estado de Alabama.

Las leyes estatales y federales autorizan al Departamento de Ingresos de Alabama a celebrar acuerdos con el Servicio de Impuestos Internos (IRS) y el Departamento de la Oficina del Servicio Fiscal-Gestión de Deudas para interceptar o compensar los reembolsos de impuestos federales y los pagos federales por deudas de impuestos estatales de Alabama.