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Exención de la indemnización por despido en Alabama

  • Exención de la indemnización por despido en Alabama

Una ley aprobada durante la sesión ordinaria de 1997 de la Asamblea Legislativa de Alabama permite una exención de los impuestos sobre la renta de Alabama para determinados empleados que pierden su empleo como consecuencia de una reducción administrativa.

La ley número 97-705, ahora codificada como sección 40-18-19.1, Código de Alabama de 1975, exime los primeros 25.000 dólares de la indemnización por despido (incluida la indemnización por desempleo, la indemnización por despido o los ingresos de un plan de ingresos complementarios) que reciba un empleado que pierda su empleo como consecuencia de una "reducción administrativa".

La Ley Número 2021-240 modifica la sección del código 40-18-19.1 para aumentar la exención de indemnización por despido de $25,000 a $50,000 anuales a partir del año de declaración de impuestos 2020. Los contribuyentes que presentaron su declaración de impuestos de 2020 pueden presentar una declaración enmendada si su exención de indemnización por despido superó los $25,000 originales permitidos, pero en ningún caso debe superar los $50,000. Otros deben presentar y utilizar su indemnización por despido real para no exceder el límite de $50,000. Tenga en cuenta que si su indemnización por despido fue inferior a 50.000 dólares, sólo está exento el importe hasta su indemnización por despido. Por ejemplo: su salario es de $40,000, usted recibió un paquete de indemnización de $30,000, la casilla 16 de su W-2 sólo debe reducirse en $30,000 para la exención de indemnización, y la casilla 14 del W-2 debe reflejar la indemnización de $30,000.

Los empresarios pueden solicitar la aprobación de la exención presentando su solicitud por escrito a:

División de Impuestos de Personas Físicas y Sociedades
Departamento de Hacienda de Alabama
P.O. Box 327410
Montgomery, AL 36132-7410

La solicitud debe acompañar al plan de reducción de la empresa y debe proporcionar la siguiente información:

  • Número de cuenta de retención de Alabama,
  • Número de identificación federal del empleador,
  • El motivo de la reducción administrativa,
  • El número y la descripción de los empleados afectados,
  • El importe total de las prestaciones a pagar a los trabajadores afectados que estarán exentos,
  • El método utilizado para calcular la indemnización por despido,
  • El año natural de pago de la indemnización por despido exenta,
  • Volver nombre, número de teléfono y dirección de correo electrónico para contactar en caso de que tengamos alguna pregunta, y
  • Lista de los empleados que incluya su nombre y apellidos, los cuatro últimos dígitos de su número de la seguridad social, el cargo que ocupaban, la fecha de separación, el importe total de la indemnización por despido y el importe exento de la indemnización por despido hasta 50.000 $ anuales para los ejercicios fiscales de 2020 en adelante. Para las listas con varios empleados, sume las columnas con el importe completo de la indemnización por despido y el importe exento de la indemnización por despido de todos los empleados.

El empleador también debe proporcionar una copia de la información sobre el despido que se distribuye a los empleados afectados. Se ruega que se conceda un plazo de 30 días para la tramitación de la solicitud. Los empleadores deben obtener la aprobación para eximir los pagos por cada año natural en que se realicen los pagos.

El impuesto sobre la renta de Alabama no debe ser retenido cuando se realizan pagos de indemnización exentos. Además, el importe de las indemnizaciones exentas no debe incluirse en los salarios imponibles de Alabama (casilla 16) del formulario W-2 del empleado, sino que debe indicarse en la casilla 14 (Otros) del W-2 como indemnizaciones exentas.

Los empresarios deben enviar la carta de solicitud de aprobación por fax al 334-242-0112 o por correo electrónico a laura.walden@revenue.alabama.gov.

Si tiene preguntas, póngase en contacto con Laura Walden en el 334-242-1301 o en laura.walden@revenue.alabama.gov.