Bandera_de_Alabama.svg
Sitio web oficial del gobierno del Estado de Alabama.

El .gov significa que es oficial

Los sitios web gubernamentales suelen terminar en .gov o .mil. Antes de compartir información sensible, asegúrate de que estás en un sitio oficial del gobierno.

El sitio es seguro

El sitio https:// garantiza que se está conectando al sitio web oficial y que cualquier información que proporcione está encriptada y se transmite de forma segura.

Impuesto sobre el alojamiento

  • Impuesto sobre el alojamiento

El impuesto sobre el alojamiento es un impuesto privilegiado que grava a las personas, empresas y corporaciones que se dedican a alquilar o proporcionar habitaciones, alojamientos u otro tipo de hospedaje a los transeúntes por períodos inferiores a 180 días de ocupación continua y se aplica a todos los cargos por los bienes personales utilizados o proporcionados en dichas habitaciones o alojamientos.

Para las operaciones celebradas a partir del 1 de octubre de 2019, el impuesto no se aplicará a los embarcaderos marinos, a los lugares o espacios destinados a la acampada en tienda de campaña, ni a los lugares o espacios habilitados para autocaravanas, remolques de viaje, caravanas autopropulsadas o coches vivienda, caravanas de camión o vehículos recreativos similares comúnmente conocidos como RV, que se suministren por un período de 90 días continuos o más en cualquier lugar.

¿Cómo se declara el impuesto sobre el alojamiento si las operaciones de alojamiento se han realizado a través de una plataforma de terceros o de un facilitador?

Si la plataforma de terceros o el facilitador remiten todos los impuestos de alojamiento estatales y locales para las transacciones realizadas a través de la plataforma/facilitador, no necesita una cuenta de impuestos de alojamiento estatales o una cuenta de impuestos de alojamiento locales.

Si va a realizar transacciones de alojamiento usted mismo y también utiliza una plataforma de terceros o un facilitador, debe obtener una cuenta de impuestos sobre el alojamiento estatal y local para presentar y pagar los impuestos sobre las transacciones de alojamiento que haya realizado. Nota: Debe informar de las transacciones de terceros o facilitadores en la declaración de impuestos sobre el alojamiento estatal y local y luego deducir esas transacciones para llegar a los ingresos brutos netos imponibles.

Hago todas mis reservas de transacciones de alojamiento a través de una plataforma o facilitador de terceros, ¿puede ALDOR proporcionarme un listado de todas mis transacciones?

No. Las plataformas de terceros o los facilitadores no proporcionan un listado de la cantidad de impuestos sobre el alojamiento que se aplica a una dirección individual o específica de alojamiento.

¿Existen operaciones de alojamiento que no estén sujetas al impuesto sobre el alojamiento?

El artículo 40-26-1 establece las siguientes exenciones del impuesto sobre el alojamiento:

  • El impuesto no se aplicará a las habitaciones, los alojamientos o el hospedaje suministrados (i) por un período de 180 días continuos o más en cualquier lugar; (ii) por campamentos, centros de conferencias o instalaciones similares operados por organizaciones sin ánimo de lucro principalmente en beneficio de, y en conexión con, programas recreativos o educativos para niños, estudiantes o miembros o invitados de otras organizaciones sin ánimo de lucro durante cualquier año natural; o (iii) por campamentos, centros de conferencias o instalaciones similares operados de forma privada que proporcionen alojamiento y programas recreativos o educativos exclusivamente en beneficio de niños, estudiantes o miembros o invitados de organizaciones sin ánimo de lucro durante cualquier año natural.
  • A efectos de la subsección (b): "niños" se refiere a personas menores de 21 años; "estudiante" se define de acuerdo con el 26 U.S.C. §151(c)(4), tal y como está en vigor de vez en cuando o por cualquier ley sucesora; "organización sin ánimo de lucro" es una organización exenta del impuesto federal sobre la renta en virtud del 26 USC §501(c)(3), tal y como está en vigor de vez en cuando o por cualquier ley sucesora; y "operado de forma privada" se refiere a cualquier campamento, centro de conferencias o instalación similar que no sea operado por una organización sin ánimo de lucro tal y como se define aquí.
  • Para las operaciones celebradas a partir del 1 de octubre de 2019, el impuesto no se aplicará a los embarcaderos marinos, a los lugares o espacios destinados a la acampada en tienda de campaña, ni a los lugares o espacios habilitados para autocaravanas, remolques de viaje, caravanas autopropulsadas o coches vivienda, caravanas de camión o vehículos recreativos similares comúnmente conocidos como RV, que se suministren por un período de 90 días continuos o más en cualquier lugar.
  • Los cargos efectuados por el alquiler de un salón de baile, un comedor, una sala de club, una sala de muestras, una sala de conferencias, una capilla para bodas o una sala o espacio similar que no esté destinado ni sea adecuado para pernoctar y que no se utilice para pernoctar no están sujetos al impuesto recaudado en virtud de este capítulo si los cargos por el alquiler son declarados por separado por el establecimiento y la sala o el espacio se utiliza exclusivamente como sala o espacio para una reunión, conferencia, seminario, reunión de club, fiesta privada o actividad similar.

Impuesto local sobre el alojamiento

El impuesto local sobre el alojamiento se recauda de la misma manera que el impuesto estatal sobre el alojamiento, aunque estos tipos varían. ALDOR no gestiona todos los impuestos de alojamiento de condados o ciudades. Por lo tanto, le aconsejamos que se ponga en contacto con todos los condados y municipios en los que opera para determinar si debe registrarse con ellos para recaudar su impuesto local sobre el alojamiento. El mismo estado de declaración y fecha de vencimiento aplicable al impuesto estatal sobre el alojamiento también es aplicable al impuesto local sobre el alojamiento. El descuento para el impuesto local sobre alojamientos es el mismo que para el impuesto estatal sobre alojamientos; sin embargo, los impuestos locales no administrados por el estado que pueden presentarse a través de MAT/ONE SPOT pueden tener un tipo de descuento diferente y MAT se ha programado en consecuencia.

Frecuencias de presentación y plazos

Las declaraciones y remesas del impuesto de hospedaje deben presentarse antes del día 20 del mes por los alquileres del mes anterior. No obstante, puede solicitar la presentación trimestral si tiene una deuda tributaria inferior a 2.400 $ por el año natural anterior.

Puede solicitar la presentación semestral si tiene una deuda tributaria inferior a 1.200 $ para el año natural anterior. También puede solicitar la presentación semestral si realiza alquileres durante no más de dos periodos de 30 días consecutivos durante el año natural anterior.

Puede solicitar la condición de declaración anual si la deuda tributaria de todo el año natural anterior es inferior a 600 $. También puede solicitar la presentación anual si no efectúa alquileres durante más de un período de 30 días consecutivos durante el año natural anterior.

Los cambios en la situación de presentación sólo pueden solicitarse cada año antes del 20 de febrero para presentar la declaración trimestral, semestral o anual correspondiente a ese año natural. 

Se aplican descuentos por presentación puntual. Nota: Si paga electrónicamente, la información de pago EFT debe ser transmitida antes de las 4:00 p.m. (hora central) en o antes de la fecha de vencimiento, para ser considerado pagado a tiempo.