La Sección de Impuestos por Cesantía administra varios tipos de impuestos relacionados con los recursos naturales en Alabama. Los impuestos se presentan a través de My Alabama Taxes.
Impuesto sobre el carbón
- Los impuestos sobre el carbón se administran de acuerdo con el impuesto sobre el carbón de 1971, Título 40, Capítulo 13, Artículo 1, Secciones 1-10 y el impuesto sobre el carbón y el lignito de 1977, Título 40, Capítulo 13, Artículo 2, Secciones 30-36.
- La devolución y el pago deben realizarse el 20 de cada mes para el mes anterior.
Tipos del impuesto sobre el carbón
Producto | Impuesto sobre los privilegios | Otros impuestos |
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Carbón | 0,335 dólares por tonelada | Impuesto adicional de 0,025 dólares para la minería subterránea o 0,05 dólares para la minería de superficie |
Impuestos locales administrados por el Estado
Localidad | Tipo de impuesto | Tarifa | Autoridad |
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Condado de Coosa | Arena, arcilla, limo, marga, tierra, grava, roca, arena-grava, arena-arcilla | 25 céntimos por tonelada | 99-544 |
Condado de Coosa | Grafito | 5 dólares por tonelada | 2019-231 |
Condado de Jackson | Carbón | 20 céntimos por tonelada | 79-349, 97-220 |
Condado de Marshall | Carbón | 20 céntimos por tonelada | 81-482 |
Productos forestales
- Los impuestos sobre productos forestales se administran de acuerdo con el Código de Alabama: Título 9, Capítulo 13, Artículo 4, Secciones 80-110.
- La devolución y el pago deben realizarse 30 días después del final de cada trimestre.
Tipos impositivos de los productos forestales
Tipo de productos | Tipo de imposición |
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Troncos de pino recibidos por un patio de concentración, fabricante o procesador | 0,10 $/tonelada |
Troncos de pino exportados fuera del estado | 0,10 $/tonelada |
Troncos-Todas las demás especies recibidas por un patio de concentración, un fabricante o un transformador | 0,065 $/tonelada |
Troncos-Todas las demás especies exportadas fuera del estado | 0,065 $/tonelada |
Madera para pasta de papel recibida por un patio de concentración, un fabricante o un transformador | 0,10 $/tonelada |
Madera para celulosa exportada fuera del estado | 0,10 $/tonelada |
La madera de tocón recibida por un fabricante | 0,125 $/tonelada |
Stumpwood exportado fuera del estado | 0,125 $/tonelada |
Postes/techos recibidos por un patio de concentración o un fabricante | 205 $/tonelada |
Postes/Pilares exportados fuera del estado | 205 $/tonelada |
Astillas de madera de pulpa de madera recibidas por un patio de concentración o un fabricante | 0,10 $/tonelada |
Astillas de madera de pulpa de Inwoods exportadas fuera del estado | 0,10 $/tonelada |
También existe un impuesto de privilegio del 50% de los tipos impositivos anteriores, contra los fabricantes que utilizan productos forestales en el proceso de fabricación. Este impuesto se aplica a los fabricantes ubicados únicamente en este estado.
Petróleo y gas
Fecha de vencimiento
Los pagos y las declaraciones del impuesto sobre el petróleo y el gas deben realizarse antes del día 15 del segundo mes siguiente al mes de producción.
Impuesto sobre la producción de petróleo y gas Título 9, Capítulo 17 Secciones 25-35
Tipo impositivo | Descripción |
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1% | Producción de los pozos permitidos desde el 7/01/96 hasta el 6/30/2002 durante cinco años desde la primera producción. |
1.66% | Ingresos brutos de la producción en alta mar a partir de profundidades superiores a 8.000 pies por debajo del nivel medio del mar. |
2% | El resto de la producción. |
Impuesto reducido sobre el petróleo y el gas Título 40, Capítulo 20 Artículo 1, Sección 2(a)(8)
Tipo impositivo | Descripción |
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2% | Pozos que normalmente se benefician del tipo impositivo privilegiado del 4% y que se permiten desde el 7/01/96 hasta el 7/01/2002 durante cinco años desde la primera producción |
3% | Pozos que normalmente se benefician del tipo impositivo del 6% y que se permiten desde el 7/01/96 hasta el 7/01/2002 durante cinco años desde la primera producción |
Impuesto sobre el petróleo y el gas Título 40, Capítulo 20 Artículo 1 y 1a, Secciones 2 y 21, respectivamente
Tipo impositivo | Descripción |
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4% |
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3.65% | Ingresos brutos de la producción en alta mar a partir de profundidades superiores a 8.000 pies por debajo del nivel medio del mar. |
6% |
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8% | Todas las demás producciones imponibles. |
Impuesto Uniforme de Separación (en todo el Estado excepto Coosa, Geneva, Lamar, Lee y Wilcox)
- El Impuesto Uniforme de Separación se administra según el Título 40, Capítulo 13, Secciones 50-61.
- El impuesto se debe pagar el día 20 del mes siguiente al de la venta o entrega, lo que ocurra primero.
- Los minerales naturales están gravados a 0,10 dólares por tonelada.
- Todos los minerales naturales, incluida la arena, la grava, la arenisca, el granito, el esquisto, la arcilla, la dolomita, la piedra caliza, la bauxita, la sal, el silicio y cualquier otro mineral catalogado como tal por el Servicio Geológico de Alabama que no esté específicamente excluido de la imposición.
Sanciones e intereses
- No pagar a tiempo el impuesto - 10% del impuesto.
- No presentar la declaración a tiempo - El mayor de los siguientes porcentajes: 10% del impuesto o $50.00.
- Los intereses de demora se calculan al tipo vigente desde el día de vencimiento del impuesto hasta la fecha de pago.